Resolución N.° 273-2025/CDB-INDECOPI
Disponen mantener la vigencia de derechos compensatorios impuestos sobre las importaciones de biodiésel originario de los Estados Unidos de América.
15 de enero de 2026
Disponen mantener por un plazo de cinco (5) años, la vigencia de derechos compensatorios impuestos por la Res. N° 151-2010/CFD-INDECOPI, sobre las importaciones de biodiésel puro (B100) y de las mezclas que contengan una proporción mayor al 50% de biodiésel (B50) en su composición, originario de los Estados Unidos de América.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales no Arancelarias
