Resolución N.° 000063-2020-PRE/INDECOPI
Disponen la suspensión de la aplicación del segundo párrafo del numeral 4.3.1 de la “Directiva que regula el procedimiento sumarísimo en materia de protección y Defensa del Consumidor”
1 de junio de 2020
Disponer la suspensión de la aplicación del segundo párrafo del numeral 4.3.1 de la Directiva Nº 005-2017/DIR-COD-INDECOPI “Directiva que regula el procedimiento sumarísimo en materia de protección al consumidor previsto en el Código de Protección y Defensa del Consumidor”, hasta el 31 de diciembre de 2020, con efectividad a la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano