Disposiciones administrativas de las entidades del Gobierno Nacional que conforman el Poder Ejecutivo declaradas barreras burocráticas ilegales y/o carentes de razonabilidad, por resoluciones firmes de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas o de la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi
Listado
16 de mayo de 2025
En virtud del Decreto Supremo 059-2025-PCM, se cumple con publicar el listado de barreras burocráticas que han sido declaradas ilegales o carentes de razonabilidad por resolución firme de la Comisión o la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi. Se trata de barreras contenidas en disposiciones administrativas (normas de aplicación general) emitidas por entidades del Gobierno Nacional que conforman el Poder Ejecutivo.
Estas barreras burocráticas han sido declaradas ilegales por la Comisión o la Sala debido a que, conforme con el artículo 14 del Decreto Legislativo 1256, Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas:
- La entidad no cuenta con competencias para imponerlas.
- La entidad no respetó los procedimientos o formalidades requeridos para emitir o publicar la norma que las contiene, y/o
- Su imposición contraviene normas o principios de simplificación administrativa u otras disposiciones legales.
De otro lado, las barreras burocráticas del listado han sido declaradas carentes de razonabilidad debido a que la entidad no acreditó su necesidad, idoneidad y proporcionalidad, conforme a los criterios establecidos en el artículo 18 del Decreto Legislativo 1256.
Además de declarar la ilegalidad o carencia de razonabilidad, de acuerdo con los artículos 8 y 10 del Decreto Legislativo 1256, la Comisión o la Sala han dispuesto la inaplicación de estas barreras burocráticas según el siguiente detalle:
- Inaplicación con efectos generales: la entidad no puede seguir imponiendo la medida a ninguna persona, desde la publicación del extracto de la resolución en el diario oficial El Peruano. Este tipo de mandato se emite cuando la barrera ha sido declarada ilegal o, en un procedimiento iniciado de oficio, carente de razonabilidad.
- Inaplicación con efectos particulares: si la barrera fue declarada carente de razonabilidad en un procedimiento iniciado a partir de una denuncia, la entidad está impedida de aplicar la medida solo al denunciante.