Aproximación a las invenciones implementadas por ordenador
Guía
1 de agosto de 2019
En el Perú, los programas de ordenador, o también llamados programas informáticos o software, son considerados “obras” y, de cumplir con el requisito de originalidad, están protegidos por el Derecho de Autor, según se dispone en la Ley sobre Derechos de Autor Decreto Legislativo N° 822: El código fuente, el código objeto (o ejecutable), la documentación técnica (por ejemplo, memoria descriptiva), y los manuales de uso o usuario.
Esta publicación pertenece al compendio Propiedad Intelectual