Informe Correspondiente al Oficio N° 0271-2025-IMARPE/PE

Informe

20 de febrero de 2025

Informe " Monitoreo del proceso reproductivo de la merluza peruana Merluccius gayi peruanus – febrero 2025 "

1. Antecedentes

La pesquería industrial del recurso merluza (Merluccius gayi peruanus) se desarrolla en el marco del Régimen Provisional de Pesca correspondiente al año biológico 01 de julio 2024 – 30 junio 2025, conforme a la establecido en las Resoluciones Ministeriales N° 274-2024- PRODUCE y N° 327-2024-PRODUCE. Esta actividad se encuentra autorizada en un área que se extiende desde el extremo norte del dominio marítimo peruano hasta los 07°00'S, con un Límite Máximo de Captura Total Permisible (LMCTP) de 30 821 toneladas. Asimismo, la R. M. N° 274-2024-PRODUCE, en su Artículo 5, dispone que el Ministerio de la Producción, en función a la recomendación del Instituto del Mar del Perú – IMARPE, establecerá las medidas de ordenamiento pesquero para proteger los procesos de desove del recurso merluza. En este contexto, el presente informe muestra los principales resultados, con énfasis en la evolución del proceso reproductivo de la merluza, del monitoreo de la pesquería industrial con información al 11 de febrero de 2025.
Vista preliminar de documento Oficio e informe veda hake feb 2025

Oficio e informe veda hake feb 2025

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