Informe Correspondiente al Oficio N° 0248-2024-IMARPE/PE
Informe
2 de enero de 2025
Informe "Informe Sobre el Desarrollo de la Pesquería de Bonito Sarda chiliensis chiliensis Durante el 2024, Situación Actual y Perspectivas de Explotación para el 2025"
INTRODUCCIÓN
El bonito (Sarda chiliensis chiliensis), es una especie pelágica transzonal que se distribuye en el Pacífico Oriental desde Máncora (Perú) hasta Talcahuano (Chile) (Chirichigno & Cornejo, 2001, Collette & Nauen, 1983). Estacionalmente, su disponibilidad en el mar peruano es mayor durante la primavera y el verano, periodos durante los cuales se concentra en las aguas superficiales y costeras (Samamé, 1993). El bonito, siendo un pez de alto nivel trófico, se alimenta principalmente de anchoveta, destacando un marcado rol ecológico entre ambas especies (Pauly et al., 1987). Desde la perspectiva socioeconómica, el bonito representa uno de los recursos pesqueros más importantes para el Perú, debido al volumen de sus desembarques, precio accesible y un amplio consumo popular (Samamé 1997, PRODUCE 2024), destacando que la totalidad de sus desembarques se destina exclusivamente al consumo humano directo, según lo establecido por el Decreto Ley N° 25977.
INTRODUCCIÓN
El bonito (Sarda chiliensis chiliensis), es una especie pelágica transzonal que se distribuye en el Pacífico Oriental desde Máncora (Perú) hasta Talcahuano (Chile) (Chirichigno & Cornejo, 2001, Collette & Nauen, 1983). Estacionalmente, su disponibilidad en el mar peruano es mayor durante la primavera y el verano, periodos durante los cuales se concentra en las aguas superficiales y costeras (Samamé, 1993). El bonito, siendo un pez de alto nivel trófico, se alimenta principalmente de anchoveta, destacando un marcado rol ecológico entre ambas especies (Pauly et al., 1987). Desde la perspectiva socioeconómica, el bonito representa uno de los recursos pesqueros más importantes para el Perú, debido al volumen de sus desembarques, precio accesible y un amplio consumo popular (Samamé 1997, PRODUCE 2024), destacando que la totalidad de sus desembarques se destina exclusivamente al consumo humano directo, según lo establecido por el Decreto Ley N° 25977.