Resolución Directoral N.° 740-2023-HRI\DE
Resolución Directoral N°740-2023-HRI\DE
5 de mayo de 2023
SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO. - RECONOCER y OTORGAR los el reconocimiento y Pago de los . Intereses Legales a favor de doña MORON ZARATE YOLANDA IRIS, personal Cesante del Hospital Regional de Ica, de conformidad ordenado por mandato judicial la suma de §/ 25,570.24 (VEINTICINCO MIL QUINIENTOS SETENTA CON 24/100 SOLES), por concepto de los intereses Legales de Conformidad a los Art. 1* y 3° de la ley antes mencionada, generados por el no pago oportuno de la Bonificación Diferencial equivalente al 30% de la Remuneración Total Integra prevista en el Art. 184 de la Ley N* 25303, conforme a lo ordenado y recaída en la CASACION N"7471- 2015-ICA, la Liquidación que en anexo forma parte de la presente resolución practicada a partir del 01 de enero 1991, hasta la fecha de la Liquidación.
ARTICULO SEGUNDO. - Que, el egreso que demande en cumplimiento del Artículo Primero de la presente Resolución estará supeditado a la disponibilidad presupuestal en concordancia a la Ley N° 30137 y su reglamento del Decreto Supremo N° 001-2014-JUS de la Cadena de Gastos: 2.5.51.21 "Pago de Sentencia Judicial”; del Sector 20, Pliego 449, U. Ejecutora 403, del Hospital Regional de ica.
ARTICULO PRIMERO. - RECONOCER y OTORGAR los el reconocimiento y Pago de los . Intereses Legales a favor de doña MORON ZARATE YOLANDA IRIS, personal Cesante del Hospital Regional de Ica, de conformidad ordenado por mandato judicial la suma de §/ 25,570.24 (VEINTICINCO MIL QUINIENTOS SETENTA CON 24/100 SOLES), por concepto de los intereses Legales de Conformidad a los Art. 1* y 3° de la ley antes mencionada, generados por el no pago oportuno de la Bonificación Diferencial equivalente al 30% de la Remuneración Total Integra prevista en el Art. 184 de la Ley N* 25303, conforme a lo ordenado y recaída en la CASACION N"7471- 2015-ICA, la Liquidación que en anexo forma parte de la presente resolución practicada a partir del 01 de enero 1991, hasta la fecha de la Liquidación.
ARTICULO SEGUNDO. - Que, el egreso que demande en cumplimiento del Artículo Primero de la presente Resolución estará supeditado a la disponibilidad presupuestal en concordancia a la Ley N° 30137 y su reglamento del Decreto Supremo N° 001-2014-JUS de la Cadena de Gastos: 2.5.51.21 "Pago de Sentencia Judicial”; del Sector 20, Pliego 449, U. Ejecutora 403, del Hospital Regional de ica.