Resolución Directoral N.° N.°2023-2023-HRI\DE
Resolución Directoral N°2023-2023-HRI\DE
20 de octubre de 2023
SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO. - RECONOCER y OTORGAR a favor de Doña MUCHAYPIÑA HERRERA MARIA ELIZABETH, personal en actividad del Hospital Regional de Ica, ordenado por mandato judicial y de acuerdo al peritaje presentado la suma haciende S/. 80,133.81 (OCHENTA MIL CIENTO TREINTA Y TRES CON 81/100 Soles), monto que corresponde al recalculo de la Bonificación Diferencial prevista en el Artículo 184° de la Ley N5 25303, tomando como base de cálculo la remuneración total, más los intereses legales, conforme a lo ordenado y recaída en el Expediente N* 1958-2018-0-1401-JR-LA-03, mediante Sentencia de Vista en la Resolución N° 11 de fecha 16 de junio del 2020, la Liquidación que se anexa forma parte de la presente resolución practicada a partir del 01 de abril 1992 al 31 de diciembre de 2013,
ARTICULO SEGUNDO. - Que, el egreso que demande en cumplimiento del Artículo Primero de la presente Resolución estará supeditado a la disponibilidad presupuestal en concordancia a la Ley N* 30137 y su reglamento del Decreto Supremo N* 001-2014-JUS de la Cadena de Gastos: 2.5.51.13 "Pago de Sentencia Judicial": del Sector 20, Pliego 449, U. Ejecutora 403, del Hospital Regional de ICA.
ARTICULO PRIMERO. - RECONOCER y OTORGAR a favor de Doña MUCHAYPIÑA HERRERA MARIA ELIZABETH, personal en actividad del Hospital Regional de Ica, ordenado por mandato judicial y de acuerdo al peritaje presentado la suma haciende S/. 80,133.81 (OCHENTA MIL CIENTO TREINTA Y TRES CON 81/100 Soles), monto que corresponde al recalculo de la Bonificación Diferencial prevista en el Artículo 184° de la Ley N5 25303, tomando como base de cálculo la remuneración total, más los intereses legales, conforme a lo ordenado y recaída en el Expediente N* 1958-2018-0-1401-JR-LA-03, mediante Sentencia de Vista en la Resolución N° 11 de fecha 16 de junio del 2020, la Liquidación que se anexa forma parte de la presente resolución practicada a partir del 01 de abril 1992 al 31 de diciembre de 2013,
ARTICULO SEGUNDO. - Que, el egreso que demande en cumplimiento del Artículo Primero de la presente Resolución estará supeditado a la disponibilidad presupuestal en concordancia a la Ley N* 30137 y su reglamento del Decreto Supremo N* 001-2014-JUS de la Cadena de Gastos: 2.5.51.13 "Pago de Sentencia Judicial": del Sector 20, Pliego 449, U. Ejecutora 403, del Hospital Regional de ICA.