Resolución Directoral N.° 000823-2025-GRLL-GGR-GRS-HRDT
12 de noviembre de 2025
RECTIFICAR la Resolución Directoral N° 000771-2024-GRLL-GGR-GRS-HRDT, de fecha 04 de diciembre de 2024, en la parte considerativa, suprimiéndose del considerando correspondiente al Informe Técnico N° 000030-2024-GRLL-GGR-GRS-HRDT-OP-SL el siguiente texto:
“Tiene la condición de nombrado bajo el Régimen del Decreto Legislativo N° 276, desde el 20 de junio de 2012 a la fecha, de acuerdo a la Resolución Ejecutiva Regional N° 1331-2012-GRLL/PRE, así mismo, mediante Resolución Directoral N° 000108-2024-GRLL-GGR-GRS-HRDT, rectificada Resolución Directoral N° 000272-2024-GRLL-GGR-GRS-HRDT se reconoce la contratación laboral bajo el Régimen del Decreto Legislativo N° 276 del periodo entre el 01 de julio de 2000 hasta el 19 de junio de 2012.
A la fecha, el citado servidor ha cumplido 24 años, 03 meses y 27 días de servicios efectivos realizados al Estado.
Cuenta con título profesional de Economista, expedido el 31 de mayo de 1996, por la Universidad Nacional de Trujillo, el cual se encuentra registrado en la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria.
El periodo de formación profesional del referido servidor es previo a su vinculación y prestación de servicios al Estado, de acuerdo a lo señalado en el artículo 24° literal k) del Decreto Legislativo N° 276.”
“Tiene la condición de nombrado bajo el Régimen del Decreto Legislativo N° 276, desde el 20 de junio de 2012 a la fecha, de acuerdo a la Resolución Ejecutiva Regional N° 1331-2012-GRLL/PRE, así mismo, mediante Resolución Directoral N° 000108-2024-GRLL-GGR-GRS-HRDT, rectificada Resolución Directoral N° 000272-2024-GRLL-GGR-GRS-HRDT se reconoce la contratación laboral bajo el Régimen del Decreto Legislativo N° 276 del periodo entre el 01 de julio de 2000 hasta el 19 de junio de 2012.
A la fecha, el citado servidor ha cumplido 24 años, 03 meses y 27 días de servicios efectivos realizados al Estado.
Cuenta con título profesional de Economista, expedido el 31 de mayo de 1996, por la Universidad Nacional de Trujillo, el cual se encuentra registrado en la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria.
El periodo de formación profesional del referido servidor es previo a su vinculación y prestación de servicios al Estado, de acuerdo a lo señalado en el artículo 24° literal k) del Decreto Legislativo N° 276.”
