Resolución Directoral N.° 000524-2025-GGR-GRS-HRDT

19 de julio de 2025

Declarar IMPROCEDENTE, la solicitud presentada por el/la recurrente LUIS AGUSTIN POLO ALVARADO, que contiene las siguientes peticiones: a) “El Reintegro de la Bonificación Especial del Bono COVID 19, por el monto de S/720.00 Soles, desde el mes de MARZO 2021 hasta NOVIEMBRE 2022, conforme a lo señalado en el art. 4° del Decreto de Urgencia N°026-2020, art. 1° del Decreto Supremo N°068-202-EF, el art. 2° del Decreto Supremo N°184-2020-PCM y el Decreto Supremo N°184-2023-EF”, b) “El pago del Bono Extraordinario por única vez, ascendente a S/1,500.00 soles correspondiente al mes de diciembre del año 2020, en cumplimiento de la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N°31084”, c) “El pago del Bono Extraordinario en salud como respuesta ante la emergencia sanitaria por la COVID-19, en la suma de S/720.00 soles en los meses de Febrero y Marzo del 2021 y, por única vez en el mes de febrero el monto de S/1,440.00
soles, en virtud del Art. 1 del D.S N°027-2021-EF, dentro del marco del Artículo 4° del Decreto de Urgencia N°020-2021”, d) “El pago de la Bonificación Extraordinaria por el monto de S/1,500.00 soles del mes de diciembre de 2021 conforme al Decreto de Urgencia N°112-2021” y e) “El abono de la Bonificación Extraordinaria del mes de diciembre del 2022, por el monto de S/200.00 soles conforme al Decreto de Urgencia N°026-2022”.
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