Resolución Administrativa N.° 1167-2025-HRA

24 de noviembre de 2025

FE DE ERRATAS, La Resolución Administrativa N° 160-2025-HR"MAMLL"A-OP-UP de fecha 20 de febrero del 2025, en la que se advierte el error material involuntario en el artículo primero de la parte administrativa; por lo que al amparo en el numeral 212.1 del artículo 212° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, prevé tal situación y dispone que "Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión".

Vista preliminar de documento RA_1167_2025_24-11-2025

RA_1167_2025_24-11-2025

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