Resolución Directoral N.° 043-2020-SA-DG-HNSEB
4 de marzo de 2020
Declarar INFUNDADO en todos sus extremos, el Recurso de Apelación, interpuesto por el servidor público Eduardo Luis CERRO OLIVARES, respecto a su solicitud de reintegro, devengados e intereses legales de la bonificación diferencial del 30% por zona rural urbano marginal, por NO HABER ACREDITADO en la Planilla Única de Pago, que la bonificación diferencial otorgada por el artículo 184° de la Ley N°25303, viene percibiéndolo desde el 01 de enero de 1991, hasta la fecha de interposición de su solicitud.