Resolución Administrativa N.° 18-2025-HNDAC-OEA
R.A. N.° 18-2025-HNDAC-OEA
4 de julio de 2025
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER la retención judicial ordenada por el Cuarto Juzgado de Paz Letrado del Callao, en los seguidos contra LUIS ENRIQUE ALDAVE RONDON, sobre alimentos expediente 02251- 2015-0-0701-JP-FC-04 por el monto de S/ 5,321.32 (Cinco Mil Trescientos Veintiuno con 32/100 Soles); correspondientes a la retención desde el mes de marzo de 2017 a setiembre de 2018, por las consideraciones precedentes.
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que el egreso para el pago del monto adeudado, se encuentre a cargo del presupuesto del ejercicio fiscal correspondiente y de acuerdo a la fuente de financiamiento precisado por la Oficina Ejecutiva de Planeamiento e Estratégico y de acuerdo a la Certificación Presupuestal N° 1027, otorgada.
ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR a la Unidad de Tesorería efectuar el depósito judicial correspondiente, y dar cuenta a la Oficina de Asesoría Jurídica de la entidad, a fin de poner en conocimiento del Juzgado requirente, el cumplimiento del mandato judicial.
ARTÍCULO CUARTO: PUBLICAR la presente Resolución Directoral en el Portal GOB.PE de la Entidad (www.gob.pe/hndac) en cumplimiento de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y modificatorias.
ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER la retención judicial ordenada por el Cuarto Juzgado de Paz Letrado del Callao, en los seguidos contra LUIS ENRIQUE ALDAVE RONDON, sobre alimentos expediente 02251- 2015-0-0701-JP-FC-04 por el monto de S/ 5,321.32 (Cinco Mil Trescientos Veintiuno con 32/100 Soles); correspondientes a la retención desde el mes de marzo de 2017 a setiembre de 2018, por las consideraciones precedentes.
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que el egreso para el pago del monto adeudado, se encuentre a cargo del presupuesto del ejercicio fiscal correspondiente y de acuerdo a la fuente de financiamiento precisado por la Oficina Ejecutiva de Planeamiento e Estratégico y de acuerdo a la Certificación Presupuestal N° 1027, otorgada.
ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR a la Unidad de Tesorería efectuar el depósito judicial correspondiente, y dar cuenta a la Oficina de Asesoría Jurídica de la entidad, a fin de poner en conocimiento del Juzgado requirente, el cumplimiento del mandato judicial.
ARTÍCULO CUARTO: PUBLICAR la presente Resolución Directoral en el Portal GOB.PE de la Entidad (www.gob.pe/hndac) en cumplimiento de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y modificatorias.