Resolución Directoral N.° 708-2025-HNCH-DG
NOMBRAR, a partir de la fecha d ela presente resolucion en la Unidad Ejecutora 021- Hospital Nacional Cayetano Heredia del Ministerio de Salud,
31 de diciembre de 2025
Artículo 1°.- NOMBRAR, a partir de la fecha d ela presente resolucion en la Unidad Ejecutora 021- Hospital Nacional Cayetano Heredia del Ministerio de Salud, al personal de la salud que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Directoral.
Artículo 2°.- DISPONER, que el personal de la salud a que se refiere el artículo precedente, previa formalización de la extinción de su vinculo laboral, debe asumir funciones en condición de nombrado a mas tardar a los cinco (5) días hábiles de notificada la presente Resolución Directoral, caso contrario se procede a dejar sin efecto su nombramiento.
Artículo 3°.- DISPONER, que el personal de la salud que se detalla en el Anexo de la presente Resolución Directoral, le corresponde percibir el monto de la valorización principal del nivel de inicio, de acuerdo a los montos aprobados por cada línea de carrera.
Artículo 4°.-DISPONER, que el personal de la salud que se detalla en el Anexo de la presente Resolución Directoral no podrá desplazarse a otra entidad o establecimiento de la salud durante los cinco (5) años siguientes al nombramiento, salvo los supuestos previstos en la Tercera Disposición Complementaria Final de los Lineamientos para el proceso de nombramiento del personal de la salud autorizado por el literal t)del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N°32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, aprobado por Decreto Supremo N°0145-2025-SA.
Artículo 2°.- DISPONER, que el personal de la salud a que se refiere el artículo precedente, previa formalización de la extinción de su vinculo laboral, debe asumir funciones en condición de nombrado a mas tardar a los cinco (5) días hábiles de notificada la presente Resolución Directoral, caso contrario se procede a dejar sin efecto su nombramiento.
Artículo 3°.- DISPONER, que el personal de la salud que se detalla en el Anexo de la presente Resolución Directoral, le corresponde percibir el monto de la valorización principal del nivel de inicio, de acuerdo a los montos aprobados por cada línea de carrera.
Artículo 4°.-DISPONER, que el personal de la salud que se detalla en el Anexo de la presente Resolución Directoral no podrá desplazarse a otra entidad o establecimiento de la salud durante los cinco (5) años siguientes al nombramiento, salvo los supuestos previstos en la Tercera Disposición Complementaria Final de los Lineamientos para el proceso de nombramiento del personal de la salud autorizado por el literal t)del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N°32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, aprobado por Decreto Supremo N°0145-2025-SA.
Esta norma pertenece al compendio Resolución Directoral
