Resolución Administrativa N.° 167-2025-OEA-HNCH
AUTORIZAR el pago por el importe de S/ 115,614.70 (Ciento Quince Mil Seiscientos Catorce con 70/100 soles) en virtud a las prestaciones ejecutadas por enriquecimiento sin causa reconocidas
24 de diciembre de 2025
Artículo 1°.- AUTORIZAR el pago por el importe de S/ 115,614.70 (Ciento Quince Mil Seiscientos Catorce con 70/100 soles) en virtud a las prestaciones ejecutadas por enriquecimiento sin causa reconocidas con Resolución Administrativa N°156-2025-OEA-HNCH a favor de la empresa MUR TECNOLOGIA S.A.C. con R.U.C. N°20603786301, por haber prestado el " SERVICIO DE ALQUILER DE IMPRESORAS", durante el periodo comprendido entre el 01 de enero de 2025 al 23 de julio de 2025, de conformidad con los fundamentos expuestos en los considerandos del presente acto resolutivo.
Artículo 2°.- AUTORIZAR a la Oficina de Economía del Hospital Nacional Cayetano Heredia atender lo dispuesto en la presente Resolución, con cargo a la Especifica de Gasto 23.25.14 relacionada a la Fuente de Financiamiento 09 Recursos Directamente Recaudados, meta 141 Presupuestaria vinculada, Certificación Presupuestal N°9832-2025.
Artículo 3°.- NOTIFICAR a la empresa MUR TECNOLOGIA S.A.C. , lo dispuesto en la presente Resolución.
Artículo 4°.- ENCARGAR a la Oficina Ejecutiva de Gestión de Recursos Humanos para que a través de la Secretaria Técnica de los Procesos Administrativos Disciplinarios evalué las medidas pertinentes conforme a sus funciones para el deslinde de responsabilidades de los servidores o funcionarios involucrados en el incumplimiento del compromiso de pago, debiendo comunicar las acciones realizadas al respecto.
Artículo 2°.- AUTORIZAR a la Oficina de Economía del Hospital Nacional Cayetano Heredia atender lo dispuesto en la presente Resolución, con cargo a la Especifica de Gasto 23.25.14 relacionada a la Fuente de Financiamiento 09 Recursos Directamente Recaudados, meta 141 Presupuestaria vinculada, Certificación Presupuestal N°9832-2025.
Artículo 3°.- NOTIFICAR a la empresa MUR TECNOLOGIA S.A.C. , lo dispuesto en la presente Resolución.
Artículo 4°.- ENCARGAR a la Oficina Ejecutiva de Gestión de Recursos Humanos para que a través de la Secretaria Técnica de los Procesos Administrativos Disciplinarios evalué las medidas pertinentes conforme a sus funciones para el deslinde de responsabilidades de los servidores o funcionarios involucrados en el incumplimiento del compromiso de pago, debiendo comunicar las acciones realizadas al respecto.
Esta norma pertenece al compendio Resolución Administrativa de la Oficina Ejecutiva de Administración
