Resolución Directoral N.° 644-2025-HNCH-DG
AUTORIZAR, a partir del 11 de diciembre de 2025, la extensión del ejercicio de la carrera médica hasta el 31 de diciembre de 2026, que podrá ser renovada, del M.C. Armando Augusto CALVO QUIROZ
1 de diciembre de 2025
Articulo 1°.- AUTORIZAR, a partir del 11 de diciembre de 2025, la extensión del ejercicio de la carrera médica hasta el 31 de diciembre de 2026, que podrá ser renovada, del M.C. Armando Augusto CALVO QUIROZ, Médico IV - Nivel 5, identificado con D.N.I. 07578669, C.M.P. 013074 - R.N.E. 004560 (Reumatologia) - 007549 (Medicina Interna), el mismo que será realizado de manera presencial efectiva.
Articulo 2°.- DISPONER, de acuerdo al segundo párrafo del articulo 8° y literal c) del articulo 5° del Reglamento de la Ley N° 21210, aprobado por Decreto Supremo N° 028-2021-SA, el M.C: Armando Augusto CALVO QUIROZ, deberá renovar los Certificados Médicos que acrediten que se encuentra en adecuada condición de salud física y mental, quince (15) días calendario antes del vencimiento de la extensión, para la continuidad de sus actividades como médico especialista.
Articulo 3°.- DISPONER que de suscitarse la ausencia de alguna de las condiciones bajo las cuales se autoriza la extensión del ejercicio de la carrera médica del M.C. Armando Augusto CALVO QUIROZ, esta podrá ser revocada si no cumple su finalidad. Articulo 4°.- DISPONER, que la Unidad de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Oficina de Administración de Recursos Humanos - Oficina Ejecutiva de Gestión de Recursos Humanos del Hospital Nacional Cayetano Heredia, realice Trimestralmente, la evaluación médica laboral del especialista favorecido con la presente extensión.
Articulo 2°.- DISPONER, de acuerdo al segundo párrafo del articulo 8° y literal c) del articulo 5° del Reglamento de la Ley N° 21210, aprobado por Decreto Supremo N° 028-2021-SA, el M.C: Armando Augusto CALVO QUIROZ, deberá renovar los Certificados Médicos que acrediten que se encuentra en adecuada condición de salud física y mental, quince (15) días calendario antes del vencimiento de la extensión, para la continuidad de sus actividades como médico especialista.
Articulo 3°.- DISPONER que de suscitarse la ausencia de alguna de las condiciones bajo las cuales se autoriza la extensión del ejercicio de la carrera médica del M.C. Armando Augusto CALVO QUIROZ, esta podrá ser revocada si no cumple su finalidad. Articulo 4°.- DISPONER, que la Unidad de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Oficina de Administración de Recursos Humanos - Oficina Ejecutiva de Gestión de Recursos Humanos del Hospital Nacional Cayetano Heredia, realice Trimestralmente, la evaluación médica laboral del especialista favorecido con la presente extensión.
Esta norma pertenece al compendio Resolución Directoral
