Resolución Directoral N.° 612-2025-HNCH-DG
AUTORIZAR, a partir del 07 de enero de 2026, la extensión del ejercicio de la carrera médica hasta el 31 de diciembre de 2026, que podrá ser renovada, del M.C. Luis Eduardo Jasso Huamán
18 de noviembre de 2025
Artículo 1°.- AUTORIZAR, a partir del 07 de enero de 2026, la extensión del ejercicio de la carrera médica hasta el 31 de diciembre de 2026, que podrá ser renovada, del M.C. Luis Eduardo Jasso Huamán, Médico III- Nivel 5, identificado con D.N.I. 15359152, C.M.P. 022212- R.N.E. 024644 ( Endocrinología), el mismo que es realizado de manera presencial y efectiva.
Artículo 2°.- DISPONER, de acuerdo al segundo párrafo del artículo 8° y literal c) del artículo 5° del Reglamento de la Ley N°31210, aprobado por Decreto Supremo N°028-2021-SA, el M.C. Luis Eduardo Jasso Huamán, deberá renovar los Certificados Médicos que acrediten que se encuentra en adecuada condición de salud física y mental, quince (15) días calendario antes del vencimiento de la extensión, para la continuidad de sus actividades como médico especialista.
Artículo 3°.- DISPONER, que de suscitarse la ausencia de alguna de las condiciones bajo las cuales se autoriza la extensión del ejercicio de la carrera médica del M.C. Luis Eduardo Jasso Huamán, esta podrá ser revocada si no cumple su finalidad. Artículo 4°.- DISPONER, que la Unidad de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Oficina de Administración de Recursos Humanos- Oficina Ejecutiva de Gestión de Recursos Humanos del Hospital Nacional Cayetano Heredia, realice trimestralmente, la evaluación médica laboral del especialista favorecido con la presente extensión.
Artículo 2°.- DISPONER, de acuerdo al segundo párrafo del artículo 8° y literal c) del artículo 5° del Reglamento de la Ley N°31210, aprobado por Decreto Supremo N°028-2021-SA, el M.C. Luis Eduardo Jasso Huamán, deberá renovar los Certificados Médicos que acrediten que se encuentra en adecuada condición de salud física y mental, quince (15) días calendario antes del vencimiento de la extensión, para la continuidad de sus actividades como médico especialista.
Artículo 3°.- DISPONER, que de suscitarse la ausencia de alguna de las condiciones bajo las cuales se autoriza la extensión del ejercicio de la carrera médica del M.C. Luis Eduardo Jasso Huamán, esta podrá ser revocada si no cumple su finalidad. Artículo 4°.- DISPONER, que la Unidad de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Oficina de Administración de Recursos Humanos- Oficina Ejecutiva de Gestión de Recursos Humanos del Hospital Nacional Cayetano Heredia, realice trimestralmente, la evaluación médica laboral del especialista favorecido con la presente extensión.
Esta norma pertenece al compendio Resolución Directoral
