Resolución Directoral N.° 094-2025-HNCH-DG
AUTORIZAR, con eficacia anticipada al 26 de enero de 2025, la extension del ejercicio de la carrera médica hasta el 31 diciembre de 2025, que podrá ser renovada, de la M.C. Sicilia María Emilia Bellom
19 de marzo de 2025
Artículo 1°.- AUTORIZAR, con eficacia anticipada al 26 de enero de 2025, la extensión del ejercicio de la carrera médica hasta el 31 diciembre de 2025, que podrá ser renovada, de la M.C. Sicilia María Emilia Bellomo De Arévalo, Médico III - Nivel 5, Médico Asistente, identificada con D.N.I. 09138245 - C.M.P. - R.N.E 004585 (Pediatría), el mismo que será realizado de manera presencial y efectiva.
Artículo 2°.- DISPONER, de acuerdo al segundo párrafo del artículo 8° y literal c) del artículo 5° del Reglamento de la Ley N°31210, aprobado por Decreto Supremo N°028-2021-SA, la M.C. Sicilia María Emilia Bellomo De Arevalo, deberá renovar los Certificados Médicos que acrediten que se encuentra en adecuada condición fisica y mental, quince(15) dias calendario antes del vencimiento de la exensión, para la continuidad de sus actividades como Médico Especialista.
Artículo 3°.- DISPONER, que de suscitarse la ausencia de algunas de las condiciones bajo las cuales se autoriza la extensión del ejercicio de la carrera medica de la M.C. Sicilia María Emilia Bellomo De Arévalo, está podrá ser revocada si no cumple su finalidad.
Artículo 4°.- DISPONER, que la Unidad de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Oficina de Administración de Recursos Humanos-Oficina Ejecutiva de Gestión de Recursos Humanos del Hospital Nacional Cayetano Heredia, realice trimestralmente, la evaluación medica laboral de la especialista favorecida con la presente extensión.
Artículo 2°.- DISPONER, de acuerdo al segundo párrafo del artículo 8° y literal c) del artículo 5° del Reglamento de la Ley N°31210, aprobado por Decreto Supremo N°028-2021-SA, la M.C. Sicilia María Emilia Bellomo De Arevalo, deberá renovar los Certificados Médicos que acrediten que se encuentra en adecuada condición fisica y mental, quince(15) dias calendario antes del vencimiento de la exensión, para la continuidad de sus actividades como Médico Especialista.
Artículo 3°.- DISPONER, que de suscitarse la ausencia de algunas de las condiciones bajo las cuales se autoriza la extensión del ejercicio de la carrera medica de la M.C. Sicilia María Emilia Bellomo De Arévalo, está podrá ser revocada si no cumple su finalidad.
Artículo 4°.- DISPONER, que la Unidad de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Oficina de Administración de Recursos Humanos-Oficina Ejecutiva de Gestión de Recursos Humanos del Hospital Nacional Cayetano Heredia, realice trimestralmente, la evaluación medica laboral de la especialista favorecida con la presente extensión.
Esta norma pertenece al compendio Resolución Directoral