Resolución Directoral N.° 000088-2025-DG/HLEV

18 de marzo de 2025

APERTURAR PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO a la servidora RICALDI CARMELO FABIOLA, Asistente Administrativo de la Dirección General, por la presunta comisión de la falta de carácter disciplinario establecida en el literal q) del artículo 85 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, que establece: “Artículo 85º.- Faltas de carácter disciplinario.– Son faltas de carácter disciplinario que, según su gravedad, pueden ser sancionadas con suspensión temporal o con destitución, previo proceso administrativo: (…) q) Las demás que señale la Ley”, en concordancia con el numeral 100º del Reglamento General de la Ley Nº 30057, al transgredir el numeral 6 del artículo 7° (Deberes) de la Ley del Código de Ética de la Función Pública, Ley N° 27815; presuntas conductas a la que le correspondería la sanción de suspensión, por los fundamentos expuestos en el presente documento.
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