Resolución Administrativa N.° 007-2025-0AD-HJATCH
26 de diciembre de 2025
APROBAR el Reconocimiento de deuda por enriquecimiento sin causa, a favor del proveedor CESAR ALBERTO BREÑA CANALES, por la prestación, sin vínculo contractual, del servicio de arrendamiento del local ubicado en el Jr. CHÚCUITO Nº280 2DO PISO Lurigancho - Lima - Lima, para uso del Acervo Documentario del HJATCH durante el periodo del 1 de noviembre al 28 de diciembre del 2024 la Empresa D GLOBAL COM E.I.R.L., por el monto de S/6,186.67 (Seis mil ciento ochenta y seis con 67/100 soles), debido a que: La Entidad obtuvo una prestación por parte de un proveedor, por ello este tendría derecho a exigir que la Entidad le reconozca el pago respectivo −aun cuando la prestación haya sido requerida o ejecutada sin observar las disposiciones de la normativa de contrataciones del Estado, pues el Código Civil, en su artículo 1954, establece que “Aquel que se enriquece indebidamente a expensas de otro está obligado a indemnizarlo”.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas
