Resolución Administrativa N.° 0114_2025_HV_UA
3 de julio de 2025
SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- OTORGAR Licencia Sindical con goce de remuneraciones a la servidora NERY GRACIELA PINTO LOLANDES VDA. DE MORA, como miembro de la comisión negociadora que representa al Sindicato de Trabajadores del Hospital de Ventanilla del Callao - S.U.T.R.A.H.V - C - CGTP-FENUTSSA, en el marco de la ley N°31188-Ley de Negociación Colectiva del Sector Estatal y sus Lineamientos aprobado por Decreto Supremo N°008-2022-PCM, con eficacia anticipada, por el periodo comprendido del 17 de junio del 2025 hasta (30) días después de suscrito el convenio colectivo o expedido el laudo arbitral en la negociación colectiva 2025-2026 en el Hospital de Ventanilla.
ARTICULO SEGUNDO.- OTORGAR Licencia Sindical con goce de remuneraciones a la servidora ALLYSON MARTIN RODRIGUEZ QUISPE, como miembro de la comisión negociadora que representa al Sindicato de Trabajadores del Hospital de Ventanilla del Callao - S.U.T.R.A.H.V - C - CGTP-FENUTSSA, en el marco de la ley N°31188-Ley de Negociación Colectiva del Sector Estatal y sus Lineamientos aprobado por Decreto Supremo N°008-2022-PCM, con eficacia anticipada, por el periodo comprendido del 17 de junio del 2025 hasta (30) días después de suscrito el convenio colectivo o expedido el laudo arbitral en la negociación colectiva 2025-2026 en el Hospital de Ventanilla.
ARTICULO TERCERO.- OTORGAR Licencia Sindical con goce de remuneraciones a la servidora VICTOR RAFAEL MEZA SOLANO, como miembro de la comisión negociadora que representa al Sindicato de Trabajadores del Hospital de Ventanilla del Callao - S.U.T.R.A.H.V - C - CGTP-FENUTSSA, en el marco de la ley N°31188-Ley de Negociación Colectiva del Sector Estatal y sus Lineamientos aprobado por Decreto Supremo N°008-2022-PCM, con eficacia anticipada, por el periodo comprendido del 17 de junio del 2025 hasta (30) días después de suscrito el convenio colectivo o expedido el laudo arbitral en la negociación colectiva 2025-2026 en el Hospital de Ventanilla.
ARTICULO PRIMERO.- OTORGAR Licencia Sindical con goce de remuneraciones a la servidora NERY GRACIELA PINTO LOLANDES VDA. DE MORA, como miembro de la comisión negociadora que representa al Sindicato de Trabajadores del Hospital de Ventanilla del Callao - S.U.T.R.A.H.V - C - CGTP-FENUTSSA, en el marco de la ley N°31188-Ley de Negociación Colectiva del Sector Estatal y sus Lineamientos aprobado por Decreto Supremo N°008-2022-PCM, con eficacia anticipada, por el periodo comprendido del 17 de junio del 2025 hasta (30) días después de suscrito el convenio colectivo o expedido el laudo arbitral en la negociación colectiva 2025-2026 en el Hospital de Ventanilla.
ARTICULO SEGUNDO.- OTORGAR Licencia Sindical con goce de remuneraciones a la servidora ALLYSON MARTIN RODRIGUEZ QUISPE, como miembro de la comisión negociadora que representa al Sindicato de Trabajadores del Hospital de Ventanilla del Callao - S.U.T.R.A.H.V - C - CGTP-FENUTSSA, en el marco de la ley N°31188-Ley de Negociación Colectiva del Sector Estatal y sus Lineamientos aprobado por Decreto Supremo N°008-2022-PCM, con eficacia anticipada, por el periodo comprendido del 17 de junio del 2025 hasta (30) días después de suscrito el convenio colectivo o expedido el laudo arbitral en la negociación colectiva 2025-2026 en el Hospital de Ventanilla.
ARTICULO TERCERO.- OTORGAR Licencia Sindical con goce de remuneraciones a la servidora VICTOR RAFAEL MEZA SOLANO, como miembro de la comisión negociadora que representa al Sindicato de Trabajadores del Hospital de Ventanilla del Callao - S.U.T.R.A.H.V - C - CGTP-FENUTSSA, en el marco de la ley N°31188-Ley de Negociación Colectiva del Sector Estatal y sus Lineamientos aprobado por Decreto Supremo N°008-2022-PCM, con eficacia anticipada, por el periodo comprendido del 17 de junio del 2025 hasta (30) días después de suscrito el convenio colectivo o expedido el laudo arbitral en la negociación colectiva 2025-2026 en el Hospital de Ventanilla.