Aprueban Reglamento de Atención de Reclamos para pacientes afiliados al SIS con cobertura FISSAL
Nota de prensa
7 de enero de 2014 - 12:00 a. m.
Según la Resolución Jefatural N° 250-2013/SIS, se establecen los procedimientos e instrumentos que permiten atender oportunamente los reclamos de los beneficiarios del FISSAL ante la insatisfacción por la atención brindada en las diferentes Instituciones Prestadoras de Servicio de Salud (IPRESS) que reciben transferencia financiera por parte del FISSAL.
Según comentó el jefe de la institución, Dr. Miguel Garavito Farro, la norma aprobada busca acercar los servicios del Estado a la población en el marco de la Ley de Aseguramiento Universal que dicta favorecer el acceso a prestaciones de salud de calidad de la población excluida, así como el de financiar las prestaciones de salud de las enfermedades de alto costo de atención destinando a la población afiliada al SIS.
“Con la implementación del Reglamento de Atención de Reclamos del FISSAL, los usuarios tienen la oportunidad de acceder a un mecanismo que les permita hacer uso de sus derechos en concordancia con el acceso a la información y transparencia que tienen los pacientes”, puntualizó el funcionario. Garavito añadió que los canales de atención para reclamos son:
- Ingresando a www.fissal.gob.pe y llenar el formulario de la pestaña “sugerencias y reclamos”.
- Acercándose a la oficinas del FISSAL ubicado en Calle Ugarte y Moscoso 450, Oficina 501, San Isidro y llenar la Ficha de Reclamos.
- Mediante la remisión de la ficha de reclamo del FISSAL, al correo electrónico fissal@sis.gob.pe