Denuncias por corrupción
Directiva para la atención de denuncias por corrupción y medidas de protección al denunciante.
FISSAL aprueba Directiva para la atención de denuncias por presuntos actos de corrupción y otorgamiento de medidas de protección al denunciante.
El Fondo Intangible Solidario de Salud – FISSAL con la finalidad de promover una cultura institucional de integridad y contribuir a la lucha contra la corrupción, mediante Resolución Jefatural N.° 066-2023-SIS-FISSAL/J, aprobó la Directiva N.° 007-2023-SIS/FISSAL “Directiva para la atención de denuncias por presuntos actos de corrupción y otorgamiento de medidas de protección al denunciante en el Fondo Intangible Solidario de Salud - FISSAL”.
El documento normativo establece disposiciones y procedimientos para la presentación y atención de denuncias, en concordancia con el Decreto Legislativo N.° 1327, que establece medidas de protección para el denunciante de actos de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe.
La directiva presenta los canales mediante los cuales el/la denunciante puede presentar su denuncia:
Presencial:
Presencial:
- Escrito, presentado ante el Oficial de Integridad o ante la Mesa de Partes del FISSAL.
- Verbal, realizada ante el Oficial de Integridad.
No presencial:
Virtual, realizada mediante las siguientes plataformas:
Virtual, realizada mediante las siguientes plataformas:
- Plataforma Digital Única de Denuncias del Ciudadano – PDUDC: https://denuncias.servicios.gob.pe
- Mesa de Partes Virtual de FISSAL: https://bit.ly/mesapartesfissal
- Vía telefónica, realizada ante el/la Oficial de Integridad mediante la central telefónica institucional: (01) 391 2490.
Asimismo, se indica que la directiva cuenta con el Formulario de Denuncias de Presuntos Actos de Corrupción y la Solicitud de medidas de protección al/la denunciante.
Finalmente, se menciona que el Oficial de Integridad, es el responsable de velar por el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la directiva, así como de recibir, evaluar, trasladar y hacer seguimiento a las denuncias presentadas; a su vez, será quien brinde tratamiento apropiado a los casos no previstos en la directiva.
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