Nuevas disposiciones para el ingreso al Perú (a partir del 12 de julio)

Nota Informativa

Sección Consular

12 de julio de 2021 - 7:01 a. m.

 Conforme a la Resolución Ministerial N° 831-2021/MINSA, mediante la cual se modificó la “Guía Técnica para la prevención y control de la COVID-19 en viajeros que ingresan y salen del país durante la emergencia sanitaria”, a partir del 12 de julio las disposiciones establecidas para el ingreso de viajeros al Perú son las siguientes:

Ingreso por vía aérea:
  • Es obligatorio contar con un resultado negativo de prueba RT-PCR para la COVID-19, emitido hasta 72 horas antes del embarque, o de prueba de detección de antígeno para la COVID-19 emitido hasta 24 horas antes del embarque, por una institución sanitaria del país de procedencia. Desde el 12 de julio, se seguirán aceptando ambos tipos de pruebas para ingresar al Perú, pero con distintos plazos de vigencia. 
  • Quedan exceptuados de presentar este resultado negativo de prueba RT-PCR o de antígeno:
    • Los menores de doce años, quienes deberán presentar un certificado de buena salud.
    • Las personas que hayan superado la enfermedad en el periodo de hasta 3 meses previos al viaje, quienes deberán presentar un documento sanitario del país de procedencia que acredite la condición de alta de la COVID-19.
  • Los viajeros que presenten alguna reprogramación o demora de viaje que conlleve a superar la vigencia del resultado negativo de la prueba RT-PCR o de antígeno, serán admitidos siempre que no hayan transcurrido más de 24 horas, lo cual se verifica mediante la presentación de los dos boletos electrónicos (inicial y el de reprogramación) o mediante algún documento que la aerolínea emita acerca del retraso o reprogramación.
  • Es obligatorio el uso de doble mascarilla para el embarque, viaje e ingreso al Perú. Ya no es obligatorio el uso de protector facial.
  • Quedan exceptuados del uso de mascarilla los niños menores de dos años.
  • Es obligatorio llenar la Declaración Jurada de Salud (https://e-notificacion.migraciones.gob.pe/dj-salud/) dentro de las 72 horas previas al viaje. El registro es individual, en caso de un menor de edad, lo realiza el tutor o persona encargada del viajero. La presentación del documento es indispensable, vía virtual (en PDF o código QR) o impresa.
  • Si posterior al llenado de la Declaración Jurada, el viajero presenta síntomas de la COVID-19, no debe presentarse en el aeropuerto.
  • Quienes realicen únicamente escala en el Perú, con una permanencia menor a 24 horas, están exceptuados de completar la Declaración Jurada. No obstante, deberán presentar prueba RT-PCR o antígeno si el país de destino lo exige.

Asimismo, se recomienda revisar el siguiente enlace:
Berna, 12 de julio de 2021