Indicaciones para el transporte aéreo durante el estado de emergencia
Descripción
Del 31 de enero al 28 de febrero de 2021, revisa en qué casos puedes viajar en vuelos nacionales e internacionales de acuerdo a lo establecido por el Gobierno:
Vuelos nacionales
- Regiones con alerta extrema, alta y muy alta: está permitido el transporte interprovincial aéreo, teniendo en cuenta las recomendaciones para garantizar la seguridad de los ciudadanos.
- Para abordar los vuelos desde Lima hacia los destinos permitidos, los pasajeros deben contar con una prueba molecular o antígena con resultado negativo, como máximo con setenta y dos horas de obtenido el resultado.
Vuelos internacionales
- Los vuelos de pasajeros provenientes de Europa, Sudáfrica y Brasil, o que hayan realizado escala en dichos lugares en los últimos 14 días están suspendidos hasta el 28 de febrero.
- Los viajes aéreos internacionales a 36 destinos autorizados en 17 países se mantienen bajo las recomendaciones vigentes.
- Deberá respetarse el protocolo sanitario para la atención de viajeros de vuelos internacionales comerciales.
Recomendaciones generales
Si vas a viajar por vía área, deberás tener en cuenta estas recomendaciones:
- Los pasajeros que viajan desde Lima deberán presentar una prueba molecular o de antígenos negativa para COVID-19, cuyo resultado sea obtenido hasta con 72 horas de anticipación al vuelo.
- Si estás en Lima, podrás llegar al aeropuerto hasta 3 horas antes de la hora programada de salida del vuelo. Para el resto de aeropuertos a nivel nacional, podrás hacerlo hasta con 2 horas de anticipación.
- Deberás mantener la distancia física de por lo menos un metro con las demás personas.
- Deberás utilizar una mascarilla en todo momento y, para el vuelo, deberás usar también un escudo facial.
- Revisa la señalización para las zonas de espera, colas y demás indicaciones de la autoridad del aeropuerto.
- Antes de ingresar al aeropuerto, te tomarán la temperatura.
- Te pedirán llenar una Declaración Jurada de estado de salud.
- Los menores de 14 años únicamente podrán viajar con, por lo menos, uno de sus padres o su tutor debidamente acreditado. Deberán llenar y entregar una declaración jurada para el transporte de pasajeros menores de 14 años.
- Las personas mayores de 65 años también deberán llenar y entregar una declaración jurada para el transporte de pasajeros mayores de 65 años.