Modifican disposiciones solicitadas por las autoridades peruanas para los viajeros que ingresen al Perú, procedentes del exterior

Nota Informativa
Actualización del vigente protocolo sanitario de cumplimiento obligatorio para los pasajeros que aborden vuelos hacia el Perú

Fotos: Getty Images

16 de enero de 2021 - 2:58 p. m.

En complemento al vigente protocolo sanitario de cumplimiento obligatorio para los pasajeros que aborden vuelos hacia el Perú, aprobado por Resolución Ministerial N° 810-2020/MINSA (ver el siguiente enlace: https://www.gob.pe/institucion/embajada-del-peru-en-estados-unidos/noticias/320836-lineamientos-para-pasajeros-viajando-al-peru-en-vuelos-comerciales), mediante Decreto Supremo N° 207-2020-PCM, publicado el 1 de enero de 2021, se dispuso cuarentena obligatoria por 14 días calendario, contados desde su arribo al país, para los peruanos y extranjeros que ingresen al Perú.
Al respecto, mediante Decreto Supremo N° 004-2021-PCM, publicado en la fecha, el Gobierno peruano ha precisado y modificado el Decreto Supremo N° 207-2021-PCM, y ha dado entre otras, las siguientes medidas: 
 
  1. No están obligados a realizar la cuarentena obligatoria por 14 días calendario, contados desde su arribo al país, entre otras, las siguientes personas: 
 
  • Quienes llegan al país para hacer conexión internacional o doméstica con otro vuelo dentro de las 16 horas de su llegada, quienes no deben salir del área de conexión del aeropuerto. Las personas que llegan al país para hacer una conexión con un tiempo mayor a las 16 horas de su llegada, deben cumplir una cuarentena temporal en las instalaciones que disponga la Autoridad de Salud, hasta la salida de su vuelo de conexión. Los gastos de transporte y alimentación durante la cuarentena temporal, serán asumidos por el pasajero. 
  • Las misiones especiales, políticas, diplomáticas, médicas, policiales, el personal enviado por otros Estados u organismos internacionales para prestar ayuda humanitaria o cooperación internacional, quienes que deben seguir los protocolos sanitarios respectivos. 
 
2.              Los peruanos y extranjeros obligados a hacer la cuarentena obligatoria por 14 días calendario, contados desde su arribo al país, deberán realizarla en su domicilio u hospedaje. En caso la cuarentena se realice en un domicilio declarado fuera de la ciudad de Lima, deberán desplazarse hacia dicho domicilio dentro de las 24 horas siguientes a su ingreso al país.
 
3.              La cuarentena podrá finalizar antes de cumplir los 14 días calendario si se cuenta con un resultado negativo de la prueba molecular para el descarte de COVID-19, cuya toma de muestra se realice pasados los seis (6) días calendario desde el ingreso al país. El costo de la prueba será asumido por el pasajero.
 
4.              Se suspende, hasta el 31 de enero de 2021, el ingreso al Perú de extranjeros no residentes provenientes de Europa o Sudáfrica, o que hayan realizado escala en dichos lugares en los últimos 14 días calendario.
 
 
Washington D.C., 15 de enero de 2021