Resolución Administrativa N.° 1215-2025-OG-RRHH-DIRIS-LS-MINSA
RA 1215-2025-OG-RRHH-DIRIS-LS-MINSA
10 de setiembre de 2025
ARTÍCULO 1º.- RECONOCER, a favor de doña MARIA ORDOÑO HOLGUIN DE ÑACA, con DNI N° 09491201, cargo Técnico en Enfermería I, Nivel STB de la Dirección de Redes integradas de Salud Lima Sur; el reintegro del pago de la bonificación diferencial equivalente al 30% de la remuneración total, desde la fecha en que se otorgó el pago por este concepto, con deducción de lo pagado en base a la remuneración total permanente, otorgado por el artículo 184° de la Ley N° 25303 más los intereses legales.
ARTÍCULO 2º.- OTORGAR, a favor de LILIANA MARLENE ÑACA ORDOÑO con DNI N° 09833348, en su calidad de sucesor procesal de quien en vida fue doña MARIA ORDOÑO HOLGUIN DE ÑACA ex servidora, de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Sur, el derecho a percibir la suma de S/ 6,896.20 (Seis mil ochocientos noventa y seis con 20/100 soles), según el mandato Judicial contenido en la Resolución N° CINCO de fecha 23 de octubre de 2023, expedida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, acorde a los montos determinados en la Liquidación N° 431-2025-CTC-OGRRHH-DIRIS.LS/MINSA, de fecha 02 de setiembre de 2025, la misma que forma parte integrante del presente Informe.
ARTÍCULO 2º.- OTORGAR, a favor de LILIANA MARLENE ÑACA ORDOÑO con DNI N° 09833348, en su calidad de sucesor procesal de quien en vida fue doña MARIA ORDOÑO HOLGUIN DE ÑACA ex servidora, de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Sur, el derecho a percibir la suma de S/ 6,896.20 (Seis mil ochocientos noventa y seis con 20/100 soles), según el mandato Judicial contenido en la Resolución N° CINCO de fecha 23 de octubre de 2023, expedida por el Juzgado de Trabajo Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, acorde a los montos determinados en la Liquidación N° 431-2025-CTC-OGRRHH-DIRIS.LS/MINSA, de fecha 02 de setiembre de 2025, la misma que forma parte integrante del presente Informe.
ARTÍCULO 3º.- COMUNICAR, a la parte interesada que el cumplimiento de lo señalado en los artículos precedentes, se efectuará de acuerdo al Listado Priorizado de obligación derivadas de sentencias en calidad de cosa juzgada y en ejecución del Ministerio de Salud.
ARTÍCULO 4º.- SEÑALAR, que la presente Resolución se encuentra supeditada a una posterior revisión, rectificación y/o modificación de encontrarse error en la liquidación, en amparo a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
ARTÍCULO 5º.- DISPONER, que la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, se encargue de notificar a la parte interesada y a las unidades correspondientes el presente acto resolutivo.
ARTÍCULO 6º.- ENCARGAR, a la Oficina de Gestión de Tecnología de la información, la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Sur.
