Resolución Directoral N.° D000034-2026-DG-DIRISLS

D000034-2026-DG-DIRISLS

26 de enero de 2026

ARTÍCULO PRIMERO. – ACEPTAR la renuncia formulada por el servidor civil ELÍAS ANTONIO PEÑA ARMAS, como director ejecutivo de la Dirección de Monitoreo y Gestión Sanitaria de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Sur; asimismo, se da por concluido el vínculo contractual bajo el régimen especial del Decreto Legislativo N° 1057, dándosele las gracias por los servicios prestados.

ARTÍCULO SEGUNDO. – DAR POR CONCLUIDA la participación del señor ELÍAS ANTONIO PEÑA ARMAS en todo cargo en el que hubiese sido designado en representación de la dirección general, así como cualquier encargo y/o asignación de funciones en adición a las realizadas en virtud al cargo mencionado en el artículo primero de la presente resolución.

ARTÍCULO TERCERO. – DESIGNAR al médico cirujano JUAN ALEJANDRO RAMÍREZ FLORES, en el cargo de confianza de director ejecutivo de la Dirección de Monitoreo y Gestión Sanitaria de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Sur, Directivo Superior (CAP-P N° 080), bajo los alcances de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1057, régimen especial de contratación administrativa de servicios.

ARTÍCULO CUARTO. - DISPONER que los servidores que inicien o cesen la gestión, cumplan con realizar la entrega y recepción de cargo, de acuerdo a lo estipulado en la Resolución Secretarial N° 173-2024-SG-MINSA, que aprueba la Directiva Administrativa N° 359-MINSA/OGGRH-2024 “Directiva Administrativa para normar la Entrega y Recepción de cargo en el Ministerio de Salud”, en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles posteriores a recibirse la notificación.

ARTÍCULO QUINTO. - DISPONER que los funcionarios y servidores civiles que inicien o cesen en el cargo, presenten la Declaración Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas así como la Declaración Jurada de Intereses, a través del Sistema Integral de Declaraciones Juradas de la Contraloría General de la República, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27482, Directiva N° 04-2008-CG/FIS y demás normas reglamentarias, así como de lo señalado en el numeral 5.1 del artículo 5° de la Ley N° 31227 y su Reglamento, respectivamente.

ARTÍCULO SEXTO. - NOTIFICAR la presente resolución a los interesados y a las instancias correspondientes para los fines pertinentes.

ARTÍCULO SÉPTIMO. - DISPONER se publique la presente Resolución Directoral en el Portal Institucional de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Sur.





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