Resolución Administrativa N.° D004546-2025-DSAIA-DIRISLS
RA D004546-2025-DSAIA-DIRISLS
1 de diciembre de 2025
ARTÍCULO PRIMERO.- OTORGAR Autorización Sanitaria a la Clínica Veterinaria, Centro de Experimentación donde se realicen Investigaciones con Canes con razón social "CLINICA MUNDO PET R & E.I.R.L.", con RUC N° 20611714859, ubicado en la Mz. 8, Lote 9, AA.HH. Nuevo Lurín, del distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima, cuyo representante legal es doña Deisy Aracelly Hassinger Hernandez, identificado con DNI N° 42190794, y teniendo como médico veterinario jefe a Grethel Yuneiri Gonzales Hernandez, cuyo número de Colegio Médico Veterinario del Perú (C.M.V.P) es 8697, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa del presente acto resolutivo.
ARTÍCULO SEGUNDO.- ESTABLECER que la presente Resolución Administrativa tiene vigencia indeterminada, contados a partir de la fecha de su expedición, de conformidad con lo establecido en el artículo 42° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante TUO de la Ley N° 27444).
ARTÍCULO TERCERO.- DETERMINAR que, el establecimiento de atención veterinaria, para el manejo adecuado de los residuos sólidos que generan, debe cumplir con lo establecido en la Norma Técnica de Salud N° 144-MINSA/2018/DIGESA: "Gestión Integral y Manejo de Residuos Sólidos en Establecimientos de Salud, Servicios Médicos de Apoyo y Centros de Investigación", aprobada por Resolución Ministerial N° 1295-2018/MINSA.
ARTÍCULO CUARTO.- La presente Resolución podrá ser revocada al identificarse las siguientes causas:
- Cambio de dirección, razón social o representante legal.
- Identificarse algún riesgo contra los usuarios y/o cualquier modificación de las condiciones sanitarias o administrativas del establecimiento.
- Cambio de profesional médico veterinario jefe, sin previa comunicación a la Autoridad de Salud.
- El incumplimiento de lo establecido en los programas de higiene, saneamiento y de bioseguridad del establecimiento veterinario.
- El incumplimiento a lo dispuesto en la Norma Técnica de Salud N° 144-MINSA/2018/DIGESA: "Gestión Integral y Manejo de Residuos Sólidos en Establecimientos de Salud, Servicios Médicos de Apoyo y Centros de Investigación", aprobada por Resolución Ministerial N° 1295-2018/MINSA.
ARTÍCULO QUINTO.- PRECISAR que la Dirección de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Sur, realizará las acciones de vigilancia y control del cumplimiento de las disposiciones sanitarias y administrativas respectivas.
ARTÍCULO SEXTO.- DISPONER que todo cambio de médico veterinario jefe, así como el cierre del local o cese de actividades, deberá ser comunicado a la Autoridad de Salud.
ARTÍCULO SEXTO.- DISPONER que todo cambio de médico veterinario jefe, así como el cierre del local o cese de actividades, deberá ser comunicado a la Autoridad de Salud.
ARTÍCULO SÉTIMO.- NOTIFICAR al administrado, con las formalidades establecidas en el TUO de la Ley N° 27444.
