Resolución Administrativa N.° D003902-2025-DSAIA-DIRISLS

RA D003902-2025-DSAIA-DIRISLS

3 de noviembre de 2025

ARTÍCULO PRIMERO.- OTORGAR Autorización Sanitaria a la Clínica Veterinaria, Centro de Experimentación donde se realicen Investigaciones con Canes con razón social “MEDICAL CENTER G.A. S.A.C.”, con RUC N° 20614657678, ubicado en la Av. Central N° 555, Mz. M, Lt. 23, Grupo 3, Sector 1, del distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima, cuyo representante legal es don Roger Antony Rojas Chuquicahuana, identificado con DNI N° 76396609, quien también es el médico veterinario regente, cuyo número de Colegio Médico Veterinario del Perú (C.M.V.P.) es 14398, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa del presente acto resolutivo.

ARTÍCULO SEGUNDO.- ESTABLECER que la presente Resolución Administrativa tiene vigencia indeterminada, contados a partir de la fecha de su expedición, de conformidad con lo establecido en el artículo 42° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante TUO de la Ley N° 27444).

ARTÍCULO TERCERO.- DETERMINAR que, el establecimiento de atención veterinaria, para el manejo adecuado de los residuos sólidos que generan, debe cumplir con lo establecido en la Norma Técnica de Salud N° 144-MINSA/2018/DIGESA: "Gestión Integral y Manejo de Residuos Sólidos en Establecimientos de Salud, Servicios Médicos de Apoyo y Centros de Investigación”, aprobada por Resolución Ministerial N° 1295-2018/MINSA.

ARTÍCULO CUARTO.- La presente Resolución podrá ser revocada al identificarse las siguientes causas:

  • Cambio de dirección, razón social o representante legal.

  • Identificarse algún riesgo contra los usuarios y/o cualquier modificación de las condiciones sanitarias o administrativas del establecimiento.

  • Cambio de profesional médico veterinario jefe, sin previa comunicación a la Autoridad de Salud.

  • El incumplimiento de lo establecido en los programas de higiene, saneamiento y de bioseguridad del establecimiento veterinario.

  • El incumplimiento a lo dispuesto en la Norma Técnica de Salud N° 144-MINSA/2018/DIGESA: "Gestión Integral y Manejo de Residuos Sólidos en Establecimientos de Salud, Servicios Médicos de Apoyo y Centros de Investigación”, aprobada por Resolución Ministerial N° 1295-2018/MINSA.

ARTÍCULO QUINTO.- PRECISAR, que la Dirección de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria de la Dirección de Redes Integradas de Salud de Lima Sur, realizará las acciones de vigilancia y control del cumplimiento de las disposiciones sanitarias y administrativas respectivas.

ARTÍCULO SEXTO.- DISPONER que todo cambio de médico veterinario jefe, así como el cierre del local o cese de actividades, deberá ser comunicado a la Autoridad de Salud.

ARTÍCULO SÉTIMO.- NOTIFICAR al administrado, con las formalidades establecidas en el TUO de la Ley N° 27444.

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