Resolución Administrativa N.° 606-2025-DMID-DIRIS-LS-MINSA
RA 606-2025-DMID-DIRIS-LS-MINSA
11 de julio de 2025
Art. 1º.- Ratificar la medida de seguridad sanitaria de CIERRE TEMPORAL, al establecimiento farmacéutico BOTICA FARMA SAN AGUSTIN, con razón social FARMA SAN AGUSTIN S.R.L., debidamente representado por CASTILLO PACHECO PAOLA YANINA, con número de RUC 20512220836, ubicado en Av. Lima N° 852, Urb. P.J. Poeta José Gálvez, en el distrito de Villa María del Triunfo; por las consideraciones antes expuestas.
Art. 2º.- Para la aplicación de la medida de seguridad sanitaria, los inspectores colocaron los rótulos de CIERRE TEMPORAL, los cuales deberán permanecer en el lugar que fueron colocados y únicamente podrán ser retirados hasta que la autoridad disponga el levantamiento de esta medida; por lo que, en caso de violarse estos rótulos, el administrado será pasible de ser denunciado por delito de desobediencia a la autoridad, sin perjuicio de aplicarse la sanción administrativa que corresponda.
Art. 3º.- La Dirección de Medicamentos, Insumos y Drogas a través de la Oficina de Fiscalización, Control y Vigilancia Sanitaria de la DIRIS Lima Sur, constatará la subsanación de las observaciones sanitarias existentes en el Acta de Inspección de Buenas Prácticas de Oficina Farmacéutica N° 484-I-2025, mediante una nueva inspección, a fin de verificar el cumplimiento de la normatividad sanitaria vigente.
Art. 4º.- Poner de conocimiento de la presente resolución a la Oficina de Autorización y Certificación de Establecimientos Farmacéuticos para que proceda a registrar el CIERRE TEMPORAL, en el Sistema Integrado de Información SI-DIGEMID.
Art. 5º.- Notifíquese la presente Resolución Administrativa al interesado, para su conocimiento y fines consiguientes.
