Resolución Administrativa N.° 365-2025-OG-RRHH-DIRIS-LS-MINSA

RA 365-2025-OG-RRHH-DIRIS-LS-MINSA

2 de abril de 2025

ARTÍCULO PRIMERO.- IMPONER LA SANCIÓN DE SUSPENSIÓN SIN GOCE DE REMUNERACIONES POR QUINCE (15) DÍAS al servidor JUAN CARLOS ACUÑA ALARCÓN, al haberse acreditado la comisión de la falta disciplinaria prevista en el literal q) del artículo 85 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, concordada con el artículo 100 del Reglamento General de la Ley N° 30057, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, en tanto vulneró el deber de responsabilidad previstos en el numeral 6 del artículo 7 de la Ley N° 27815, Ley de Código de Ética de la Función Pública, hecho infractor que le fue imputado con la Carta N° 026-2024-CMI OLLANTAY-DIRIS LS/MINSA del 26 de marzo de 2024 y sobre el cual se logró determinar su responsabilidad administrativa.

ARTÍCULO SEGUNDO.- COMUNICAR, al servidor JUAN CARLOS ACUÑA ALARCÓN, que contra la presente resolución procede la interposición de los recursos de reconsideración y/o apelación, dentro de los quince (15) días hábiles posteriores a su notificación, informándosele que de presentar recurso de reconsideración, deberá adjuntar nueva prueba y será el órgano que impuso la sanción, quien resuelva; y si luego o por el contrario optara por el recurso de apelación, será el Tribunal del Servicio Civil, la autoridad competente para pronunciarse.

ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR, a la Secretaría Técnica de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario, la notificación de la presente resolución al servidor JUAN CARLOS ACUÑA ALARCÓN.

ARTÍCULO CUARTO.- NOTIFICAR, la presente resolución a la Oficina de Gestión de Gestión de Recursos Humanos para su conocimiento e inscripción de la sanción impuesta al servidor JUAN CARLOS ACUÑA ALARCÓN en el Registro Nacional de Sanciones de Servidores Civiles (RNSSC).

ARTÍCULO QUINTO.- DISPONER que se remitan los actuados a la Secretaría de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario, a fin de que efectúe las acciones respectivas en el ámbito de su competencia y se custodie el expediente N° 058-2023-DIRIS LS/RRHH/ST-PAD/23-022065-001.

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