Resolución Administrativa N.° 263-2025-OG-RRHH-DIRIS-LS-MINSA
RA 263-2025-OG-RRHH-DIRIS-LS-MINSA
6 de marzo de 2025
ARTÍCULO 1º.- DECLARAR DEJAR SIN EFECTO la Resolución Administrativa Nº 238-2022-ET-RRHH-DIRIS-LS de fecha 11 de marzo del 2022, que reconoció a favor de RAFAELA GUILLEN ORE, servidora en la C.M.I. DANIEL A. CARRION de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Sur, la suma de NUEVE MIL NOVECIENTOS CATORCE CON 42/100 SOLES (S/ 9,914.42), por el concepto de pago y reintegro de la bonificación diferencial equivalente al 30% de la remuneración total, desde la fecha en que se otorgó el pago por este concepto con deducción de lo pagado en base a la remuneración total permanente, otorgado por el artículo 184º de la Ley Nº 25303 más los intereses legales correspondientes, en cumplimiento al mandato judicial contenida en la RESOLUCIÓN Nº NUEVE de fecha 17 de octubre de 2017, expedida por el Segundo Juzgado de Trabajo – Sede Necochea de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur.
ARTÍCULO 2º.- RECONOCER a favor de RAFAELA GUILLEN ORE, servidora de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Sur, el pago de la Bonificación diferencial mensual equivalente al 30% de la remuneración total otorgado por el artículo 184º de la Ley Nº 25303, por la suma total de S/ 12,370.76 (Doce mil trescientos setenta con 76/100 soles), monto aprobado mediante Informe Pericial Nº 765-2023-AJLT-CSJLS-PJ, (por bonificación diferencial e intereses legales) en cumplimiento a la Sentencia judicial expedida por el Tercer Juzgado Especializado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur.
ARTÍCULO 3º.- ESTABLECER que el pago del derecho reconocido en el artículo 1 de la presente Resolución estará supeditado a los procedimientos que el Ministerio de Economía y Finanzas establezca en base al Reglamento de la Ley Nº 30137, Ley que establece criterios de priorización para la atención del pago de sentencias judiciales, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2020-JUS y con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 008-2024-EF.
ARTÍCULO 4º.- NOTIFICAR la presente Resolución a la interesada comprendida en el presente acto resolutivo, al Procurador Público del Ministerio de Salud y a las unidades correspondientes el presente acto resolutivo.
ARTÍCULO 5º.- ENCARGAR, a la Oficina de Gestión de Tecnología de la Información, la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Sur.
ARTÍCULO 2º.- RECONOCER a favor de RAFAELA GUILLEN ORE, servidora de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Sur, el pago de la Bonificación diferencial mensual equivalente al 30% de la remuneración total otorgado por el artículo 184º de la Ley Nº 25303, por la suma total de S/ 12,370.76 (Doce mil trescientos setenta con 76/100 soles), monto aprobado mediante Informe Pericial Nº 765-2023-AJLT-CSJLS-PJ, (por bonificación diferencial e intereses legales) en cumplimiento a la Sentencia judicial expedida por el Tercer Juzgado Especializado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur.
ARTÍCULO 3º.- ESTABLECER que el pago del derecho reconocido en el artículo 1 de la presente Resolución estará supeditado a los procedimientos que el Ministerio de Economía y Finanzas establezca en base al Reglamento de la Ley Nº 30137, Ley que establece criterios de priorización para la atención del pago de sentencias judiciales, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2020-JUS y con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 008-2024-EF.
ARTÍCULO 4º.- NOTIFICAR la presente Resolución a la interesada comprendida en el presente acto resolutivo, al Procurador Público del Ministerio de Salud y a las unidades correspondientes el presente acto resolutivo.
ARTÍCULO 5º.- ENCARGAR, a la Oficina de Gestión de Tecnología de la Información, la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Sur.
