Resolución Administrativa N.° D002144-2025-DSAIA-DIRISLS

RA D002144-2025-DSAIA-DIRISLS

26 de agosto de 2025

ARTÍCULO PRIMERO.- OTORGAR AUTORIZACIÓN SANITARIA DE PROVEEDORES MEDIANTE CAMIONES CISTERNA DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA PARA CONSUMO HUMANO, para el camión cisterna de Placa N° W5B-924, debidamente registrado en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, de propiedad de HERMINIO JACINTO POMAHUACRE GOMEZ, destinado al transporte y distribución de agua para consumo humano, en el ámbito de la jurisdicción de la DIRIS Lima Sur, debiendo abastecerse de agua de un Surtidor que cuente con Autorización Sanitaria otorgada por la Autoridad de Salud.

ARTÍCULO SEGUNDO.- El camión cisterna deberá garantizar que el agua distribuida sea apta para consumo humano, cumpliendo con las condiciones sanitarias establecidas en la NTS N° 166-MINSA/2020/DIGESA "Norma Sanitaria para el abastecimiento de agua para consumo humano mediante estaciones de surtidores y camiones cisterna", aprobada por Resolución Ministerial N° 854-2020/MINSA.

ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER que la presente Autorización Sanitaria quedará sin efecto de comprobarse el incumplimiento de las normas sanitarias vigentes, por cambio de propietario o representante legal, por encontrarse al camión cisterna abasteciéndose de un surtidor de agua que no cuente con la Autorización Sanitaria otorgada por el Ministerio de Salud, si el camión cisterna distribuyera agua para uso diferente al que ha sido autorizado, si distribuyera agua no apta para consumo humano o si se comprobara cualquier otro cambio en las condiciones indispensables para su otorgamiento, de conformidad con el artículo 42° del TUO de la Ley N° 27444.

ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER que la presente Autorización tiene vigencia de dos (02) años, contados a partir de la fecha de su otorgamiento.

ARTÍCULO QUINTO.- PRECISAR que la Dirección de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Sur, realizará las acciones de fiscalización y vigilancia del cumplimiento de la legislación vigente, según sus competencias.

ARTÍCULO SEXTO.- NOTIFICAR al administrado, con las formalidades establecidas en el TUO de la Ley N° 27444.

Vista preliminar de documento RA D002144-2025-DSAIA-DIRISLS

RA D002144-2025-DSAIA-DIRISLS

PDF
743.7 KB