Resolución Administrativa N.° 3396-2025-DSAIA-DIRIS-LS
RA 3396-2025-DSAIA-DIRIS-LS
26 de mayo de 2025
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración presentado por la ASOCIACION CIVIL LIMA POLO CLUB con RUC N.° 20137878241, en contra de la Resolución Administrativa N.° 2674-2025-DSAIA-DIRIS-LS, así como su petición que se deje sin efecto.
ARTÍCULO SEGUNDO.- ADECUAR la sanción de multa a AMONESTACIÓN, por haber incurrido en la infracción citada en los incisos 1, 2, 3 del artículo 24, tipificado en el literal b) del inciso 2 del Reglamento Sanitario de Piscinas.
ARTÍCULO TERCERO.- INFORMAR a la ASOCIACION CIVIL LIMA POLO CLUB que, contra el presente pronunciamiento resolutivo, procede el recurso administrativo, el cual deberá ser interpuesto dentro de los quince (15) días hábiles posteriores a su notificación ante la Oficina de Fiscalización y Sanción de la Dirección de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, para el trámite respectivo, de acuerdo al artículo 207 de la Ley 31603 que modifica el TUO de la LPAG.
ARTÍCULO CUARTO.- NOTIFICAR a ASOCIACION CIVIL LIMA POLO CLUB, en su domicilio Av. Lima Polo N.° 380, Urb. Monterrico, distrito de Santiago de Surco, provincia y región de Lima.