Resolución Administrativa N.° 371-2025-DSAIA-DIRIS-LS
RA 371-2025-DSAIA-DIRIS-LS
16 de enero de 2025
ARTÍCULO PRIMERO.- CONCEDER Autorización Sanitaria al Establecimiento de Atención, Crianza, Comercialización y Albergues de Canes “PRODUCCIÓN, SERVICIOS Y COMERCIALIZACIÓN PECUARIA ARGOS S.A.C.”, con RUC N° 20607720593, ubicado en la Calle 36, Mz. B, Lote 16, Sector Central Huertos de Manchay, distrito de Pachacamac, provincia y departamento de Lima, registrado a nombre del representante legal Juan Harol Velarde Villanueva, identificado con DNI Nº 44034088 y teniendo como médico veterinario jefe a Kaiser Gustavo Velarde Villanueva, identificado con CMVP N° 12934, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa del presente acto resolutivo.
ARTÍCULO SEGUNDO.- ESTABLECER que la presente Resolución Administrativa tiene vigencia indeterminada, contados a partir de la fecha de su expedición, de conformidad con lo establecido en el artículo 42° del TUO de la Ley N° 27444.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER que la representante legal del establecimiento veterinario comunique trimestralmente, y de forma documentada a esta Dirección, las zoonosis de importancia en salud pública.
ARTÍCULO CUARTO.- La presente Resolución será revocada al identificarse las siguientes causas:
a) Cambio de dirección, razón social o propietario.
b) Identificarse algún riesgo contra los usuarios y/o cualquier modificación de las condiciones sanitarias o administrativas del establecimiento.
c) Cambio de profesional médico veterinario jefe, sin previa comunicación a la Autoridad de Salud.
ARTÍCULO QUINTO. - PRECISAR, que la Dirección de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Sur, realizará las acciones de vigilancia y control del cumplimiento de las disposiciones sanitarias y administrativas respectivas.
ARTÍCULO SEXTO.- DISPONER que todo cambio de representante legal, médico veterinario jefe, dirección de la empresa u otro, así como el cierre del local o cese de actividades, deberá ser comunicado a la Autoridad de Salud.
ARTÍCULO SETIMO. - NOTIFICAR al administrado, con las formalidades establecidas en el TUO de la Ley N° 27444.
ARTÍCULO SEGUNDO.- ESTABLECER que la presente Resolución Administrativa tiene vigencia indeterminada, contados a partir de la fecha de su expedición, de conformidad con lo establecido en el artículo 42° del TUO de la Ley N° 27444.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER que la representante legal del establecimiento veterinario comunique trimestralmente, y de forma documentada a esta Dirección, las zoonosis de importancia en salud pública.
ARTÍCULO CUARTO.- La presente Resolución será revocada al identificarse las siguientes causas:
a) Cambio de dirección, razón social o propietario.
b) Identificarse algún riesgo contra los usuarios y/o cualquier modificación de las condiciones sanitarias o administrativas del establecimiento.
c) Cambio de profesional médico veterinario jefe, sin previa comunicación a la Autoridad de Salud.
ARTÍCULO QUINTO. - PRECISAR, que la Dirección de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Sur, realizará las acciones de vigilancia y control del cumplimiento de las disposiciones sanitarias y administrativas respectivas.
ARTÍCULO SEXTO.- DISPONER que todo cambio de representante legal, médico veterinario jefe, dirección de la empresa u otro, así como el cierre del local o cese de actividades, deberá ser comunicado a la Autoridad de Salud.
ARTÍCULO SETIMO. - NOTIFICAR al administrado, con las formalidades establecidas en el TUO de la Ley N° 27444.
