Resolución Administrativa N.° 1009-2024-DMID-DIRIS-LS-MINSA

RA 1009-2024-DMID-DIRIS-LS-MINSA

10 de julio de 2024

Art. 1°.- Sancionar con MULTA equivalente a TRES (3) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), vigente a la fecha que se expide la presente resolución al establecimiento farmacéutico BOTICA PHARMALUZ, con razón social PHARMALUZCV E.I.R.L., debidamente representado por CUCHO VILCHEZ LUZ MAGALI, con número de RUC 20602146066, ubicado en Av. Las Lomas, Mercado Primero de Mayo Mz. E, Lote 20, Tienda 27, en el distrito de Villa El Salvador; por incurrir en la infracción N° 4 Anexo 01 de la Escala por Infracciones y Sanciones a los Establecimientos Farmacéuticos y No Farmacéuticos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 014-2011-SA; referida a funcionar sin contar con la Autorización Sanitaria otorgada por la Autoridad correspondiente.
Art. 2°.- El pago de la multa correspondiente se efectuará en el Banco de la Nación, en la Cuenta Corriente N° 00-068371740 dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de notificada la presente Resolución. En caso de incumplimiento del pago de la multa dentro del plazo establecido se aplicará la Tasa de Interés Legal (TIL), sin perjuicio de iniciarse la acción de cobranza coactiva correspondiente.
Art. 3°.- De conformidad con la disposición 7.1.6.1. de la Directiva Administrativa N° 255-MINSA/2018/OGA, se podrá pagar el 50% de la Multa dentro de los 15 días hábiles siguientes de notificada la resolución.
Art. 4°.- Notifíquese al interesado, recomendando se realice en su domicilio fiscal: Mza. E, Lote 20, Int. 25, Urb. Pachacamac (Asoc. Comerciantes Mercado 1ero de Mayo), en el distrito Villa El Salvador, para lo cual REMÍTASE a la Dirección Administrativa de la DIRIS Lima Sur, para los fines consiguientes.
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