Resolución Administrativa N.° 815-2024-DMID-DIRIS-LS-MINSA

RA 815-2024-DMID-DIRIS-LS-MINSA

4 de junio de 2024

Art. 1°.- Sancionar con MULTA equivalente a TRES (3) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), vigente a la fecha que se expide la presente resolución, al establecimiento farmacéutico BOTICA BRIFARMA, con razón social NATUMEDIC S.A.C., representada legalmente por BECERRA HUARAKA ROSMERY, con número de RUC 20555927054, ubicado en Av. José Carlos Mariátegui N° 1779, P.J. José Carlos Mariátegui Etapa Tercera, en el distrito de Villa María del Triunfo; por incurrir en la infracción N° 1 del Anexo 01 de la Escala por Infracciones y Sanciones a los Establecimientos Farmacéuticos y No Farmacéuticos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 014-2011-SA; referida por funcionar sin contar con el personal exigido de acuerdo a reglamento.
Art. 2°.- El pago de la multa correspondiente se efectuará en el Banco de la Nación, en la Cuenta Corriente N° 00-068371740 dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de notificada la presente Resolución. En caso de incumplimiento del pago de la multa dentro del plazo establecido se aplicará la Tasa de Interés Legal (TIL), sin perjuicio de iniciarse la acción de cobranza coactiva correspondiente.
Art. 3°.- De conformidad con la disposición 7.1.6.1. de la Directiva Administrativa N° 255-MINSA/2018/OGA, se podrá pagar el 50% de la Multa dentro de los 15 días hábiles siguientes de notificada la resolución.
Art. 4°.- Notifíquese al interesado para lo cual REMITASE a la Dirección Administrativa de la DIRIS Lima Sur, para los fines consiguientes.
Vista preliminar de documento RA 815-2024-DMID-DIRIS-LS-MINSA

RA 815-2024-DMID-DIRIS-LS-MINSA

PDF
1 MB