Resolución Administrativa N.° 693-2024-DMID-DIRIS-LS-MINSA

RA 693-2024-DMID-DIRIS-LS-MINSA

9 de mayo de 2024

Art. 1°.- Sancionar con MULTA equivalente a UNA (1) Unidad Impositiva Tributaria (UIT), vigente a la fecha que se expide la presente resolución, al establecimiento farmacéutico BOTICA FARMA OBLEA, con razón social FARMA OBLEA S.A.C., representado legalmente por OBLEA ACOSTA WILBER EDUARDO, con número de RUC 20515488091, ubicado en Calle Huayna Cápac N° 227, Urb. A.H. Micaela Bastidas, en el distrito de Villa María del Triunfo; por incurrir en la infracción N° 35 del Anexo 01 de la Escala por Infracciones y Sanciones a los Establecimientos Farmacéuticos y No Farmacéuticos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 014-2011-SA; referida por comercializar productos farmacéuticos o dispositivos sin receta médica cuando su condición de venta fuera con receta médica.
Art. 2°.- El pago de la multa correspondiente se efectuará en el Banco de la Nación, en la Cuenta Corriente N° 00-068371740 dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de notificada la presente Resolución. En caso de incumplimiento del pago de la multa dentro del plazo establecido se aplicará la Tasa de Interés Legal (TIL), sin perjuicio de iniciarse la acción de cobranza coactiva correspondiente.
Art. 3°.- De conformidad con la disposición 7.1.6.1. de la Directiva Administrativa N° 255-MINSA/2018/OGA, se podrá pagar el 50% de la Multa dentro de los 15 días hábiles siguientes de notificada la resolución.
Art. 4°.- Notifíquese al interesado, recomendando se realice en la dirección: Av. República de Panamá 348, Dpto. 511, Urb. Silvio Gabillo, en el distrito Barranco, para lo cual REMÍTASE a la Dirección Administrativa de la DIRIS Lima Sur, para los fines consiguientes.
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