Resolución Administrativa N.° 577-2024-DMID-DIRIS-LS-MINSA
RA 577-2024-DMID-DIRIS-LS-MINSA
17 de abril de 2024
Art. 1°.- Imponer la sanción de MULTA equivalente a DOS (2) Unidades Impositivas Tributarias, al establecimiento farmacéutico BOTICA BOTICAS MIFARMA debidamente representado por YAÑEZ OLARTE EDMUNDO, con razón social MIFARMA S.A.C., con número de RUC 20512002090, ubicada en Jr. Loma Umbrosas 696, Av. Caminos del Inca 2904 Urb. Prolongación Benavides en el distrito de Santiago de Surco provincia y departamento de Lima; por incurrir en la infracción N° 1 de la Escala de Infracciones y Sanciones del Anexo del Decreto Supremo N° 026-2019-SA, referida por no mantener disponible para la dispensación en el establecimiento farmacéutico o no demostrar la venta de los medicamentos esenciales genéricos en DCI del Listado aprobado por el Ministerio de Salud.
Art. 2°.- El pago de la multa correspondiente se efectuará en el Banco de la Nación, en la Cuenta Corriente N° 00-068371740 dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de notificada la presente Resolución. En caso de incumplimiento del pago de la multa dentro del plazo establecido se aplicará la Tasa de Interés Legal (TIL), sin perjuicio de iniciarse la acción de cobranza coactiva correspondiente.
Art. 3°.- De conformidad con la disposición 7.1.6.1. de la Directiva Administrativa N° 255-MINSA/2018/OGA, se podrá pagar el 50% de la Multa dentro de los 15 días hábiles siguientes de notificada la resolución.
Art. 4°.- Notifíquese al interesado tanto en su dirección del establecimiento farmacéutico como en su dirección fiscal ubicado en Cal. Victor Alzamora Nro. 147 Urb. Santa Catalina, distrito de La Victoria, para lo cual REMITASE a la Dirección Administrativa de la DIRIS Lima Sur, para los fines consiguientes.