Resolución Administrativa N.° 565-2024-DMID-DIRIS-LS-MINSA

RA 565-2024-DMID-DIRIS-LS-MINSA

15 de abril de 2024

Art. 1°.- Sancionar con MULTA equivalente a TRES (3) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), vigente a la fecha que se expide la presente resolución, al establecimiento farmacéutico BOTICA SG FARMA, con razón social SG FARMA DEL PERU S.A.C., representado legalmente por ROBLEDO CARRASCO MANUEL ANTONIO, con número de RUC 20554672346, ubicado en C. Andrés Avelino Cáceres Mz. I, Lote 31, Int. A, Asociación de Vivienda Villa Nicolasa, en el distrito de Chorrillos; por incurrir en la infracción N° 1 del Anexo 01 de la Escala por Infracciones y Sanciones a los Establecimientos Farmacéuticos y No Farmacéuticos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 014-2011-SA; referida por funcionar sin contar con el personal exigido de acuerdo a reglamento.
Art. 2°.- El pago de la multa correspondiente se efectuará en el Banco de la Nación, en la Cuenta Corriente N° 00-068371740 dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de notificada la presente Resolución. En caso de incumplimiento del pago de la multa dentro del plazo establecido se aplicará la Tasa de Interés Legal (TIL), sin perjuicio de iniciarse la acción de cobranza coactiva correspondiente.
Art. 3°.- De conformidad con la disposición 7.1.6.1. de la Directiva Administrativa N° 255-MINSA/2018/OGA, se podrá pagar el 50% de la Multa dentro de los 15 días hábiles siguientes de notificada la resolución.
Art. 4°.- Notifíquese al interesado para lo cual REMITASE a la Dirección Administrativa de la DIRIS Lima Sur, para los fines consiguientes.
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