Resolución Administrativa N.° 170-2025-DA-DIRIS-LS
RA 170-2025-DA-DIRIS-LS
2 de julio de 2025
ARTÍCULO 1º. - DESIGNAR al Comité de Selección encargado de conducir el procedimiento de selección competitivo: Licitación Pública N° 003-2025-DIRIS-LS para el "SUMINISTRO DE PRUEBAS DE HEMOGRAMA PARA LOS ESTABLECIMIENTO DE SALUD CATEGORÍA 1-3, 1-4 DE LA DIRIS LIMA SUR CON 46 EQUIPOS AUTOMATIZADOS DE 5 ESTIRPES EN CESIÓN DE USO", conforme se detalla a continuación:
ARTÍCULO 2°. DISPONER que, la Oficina de Abastecimiento notifique la presente Resolución a cada uno de los miembros que integren el Comité de Selección designado y en su oportunidad se les entregue el expediente de Contratación para que desempeñen su función conforme a las disposiciones contenidas en la Ley y su Reglamento.
ARTÍCULO 3°. DISPONER que, en caso de ausencia de un miembro titular, este deberá ser reemplazado por su correspondiente miembro suplente, respetándose la conformación establecida en el artículo 59° del Reglamento de la Ley General de Contrataciones Públicas - Ley N° 32069.
ARTÍCULO 4°. DISPONER que, los miembros del comité conformado en el articulo primero realicen la Declaración Jurada para la Gestión de Conflicto de Intereses de acuerdo al literal s) del articulo 8 de la Resolución de Contraloria N° 162-2021-CG en un plazo máximo de quince (15) días hábiles y presenten de acuerdo a la normatividad vigente, a la emisión del presente acto resolutivo.
ARTÍCULO 5º.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el portal institucional (www.dirislimasur.gob.pe) de la Dirección de Redes Integradas de Salud de Lima Sur.
ARTÍCULO 2°. DISPONER que, la Oficina de Abastecimiento notifique la presente Resolución a cada uno de los miembros que integren el Comité de Selección designado y en su oportunidad se les entregue el expediente de Contratación para que desempeñen su función conforme a las disposiciones contenidas en la Ley y su Reglamento.
ARTÍCULO 3°. DISPONER que, en caso de ausencia de un miembro titular, este deberá ser reemplazado por su correspondiente miembro suplente, respetándose la conformación establecida en el artículo 59° del Reglamento de la Ley General de Contrataciones Públicas - Ley N° 32069.
ARTÍCULO 4°. DISPONER que, los miembros del comité conformado en el articulo primero realicen la Declaración Jurada para la Gestión de Conflicto de Intereses de acuerdo al literal s) del articulo 8 de la Resolución de Contraloria N° 162-2021-CG en un plazo máximo de quince (15) días hábiles y presenten de acuerdo a la normatividad vigente, a la emisión del presente acto resolutivo.
ARTÍCULO 5º.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el portal institucional (www.dirislimasur.gob.pe) de la Dirección de Redes Integradas de Salud de Lima Sur.