Resolución Administrativa N.° 030-2025-DMID-DIRIS-LS-MINSA

RA 030-2025-DMID-DIRIS-LS-MINSA

13 de enero de 2025

Art. 1°.- Ratificar la medida de seguridad sanitaria de CIERRE TEMPORAL, al establecimiento farmacéutico BOTICA MARIFARMA, con razón social CORPORACION PERUANA DE ALIMENTOS REYNA CANALES S.A.C., representada legalmente por REYNA CANALES MARIA DEL ROSARIO MILAGROS, con número de RUC 20609259885, ubicado en Cooperativa de Vivienda América Panamericana Sur Mz. Z, Lt. 4, en el distrito de San Juan de Miraflores, por las consideraciones antes expuestas.
Art. 2°.- Para la aplicación de la medida de seguridad sanitaria, los inspectores colocaron los rótulos de CIERRE TEMPORAL, los cuales deberán permanecer en el lugar que fueron colocados y únicamente podrán ser retirados hasta que la autoridad disponga el levantamiento de esta medida; por lo que, en caso de violarse estos rótulos, el administrado será pasible de ser denunciado por delito de desobediencia a la autoridad, sin perjuicio de aplicarse la sanción administrativa que corresponda.
Art. 3°.- La Dirección de Medicamentos, Insumos y Drogas a través de la Oficina de Fiscalización, Control y Vigilancia Sanitaria de la DIRIS Lima Sur, constatará la subsanación de las observaciones sanitarias existentes en el Acta de Inspección de Buenas Prácticas de Oficina Farmacéutica N° 008-I-2025, mediante una nueva inspección, a fin de verificar el cumplimiento de la normatividad sanitaria vigente.
Art. 4°.- Notifíquese la presente Resolución Administrativa a la Oficina de Autorización y Certificación de Establecimientos Farmacéutica de la DIRIS Lima Sur.
Art. 5°.- Notifíquese la presente Resolución Administrativa al interesado, para su conocimiento y fines consiguientes.
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