Resolución Directoral N.° 146-2025-DIRIS-LS/DG
RD 146-2025-DIRIS-LS/DG
6 de mayo de 2025
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR FUNDADO EN PARTE el recurso de apelación interpuesto por la Empresa NEXTNET S.A.C., en el extremo de la revocación de la buena pro otorgada a la Empresa FAST & QUALITY S.C.R.L., respecto del procedimiento de selección Adjudicación Simplificada N° 004-2025-DIRIS LS-1 "Servicio de Internet con Fibra Óptica y Seguridad Perimetral para los Establecimientos de Salud de la RIS Villa El Salvador en el Marco del Uso del Sistema de Información de Historia Clinica Electrónica - SIHCE".
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER que se retrotraiga el procedimiento de selección Adjudicación Simplificada N° 004-2025-DIRIS.LS-1 "Servicio de Internet con Fibra Óptica y Seguridad Perimetral para los Establecimientos de Salud de la RIS Villa El Salvador en el Marco del Uso del Sistema de Información de Historia Clínica Electrónica - SIHCE" hasta la etapa de admisión de las ofertas.
ARTÍCULO TERCERO.- DECLARAR INFUNDADO en el extremo del otorgamiento de la buena pro a favor de la Empresa NEXTNET S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente acto resolutivo.
ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER la devolución del importe del monto depositado como garantia para la interposición del recurso de apelación, de conformidad con lo establecido en el literal a) y b) del numeral 132.2 del artículo 132° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
ARTÍCULO QUINTO.- DISPONER que el Órgano encargado de las Contrataciones de la Entidad, publique el presente acto resolutivo en el SEACE.
ARTÍCULO SEXTO.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el portal web de la institución.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER que se retrotraiga el procedimiento de selección Adjudicación Simplificada N° 004-2025-DIRIS.LS-1 "Servicio de Internet con Fibra Óptica y Seguridad Perimetral para los Establecimientos de Salud de la RIS Villa El Salvador en el Marco del Uso del Sistema de Información de Historia Clínica Electrónica - SIHCE" hasta la etapa de admisión de las ofertas.
ARTÍCULO TERCERO.- DECLARAR INFUNDADO en el extremo del otorgamiento de la buena pro a favor de la Empresa NEXTNET S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente acto resolutivo.
ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER la devolución del importe del monto depositado como garantia para la interposición del recurso de apelación, de conformidad con lo establecido en el literal a) y b) del numeral 132.2 del artículo 132° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
ARTÍCULO QUINTO.- DISPONER que el Órgano encargado de las Contrataciones de la Entidad, publique el presente acto resolutivo en el SEACE.
ARTÍCULO SEXTO.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el portal web de la institución.