Resolución Administrativa N.° 055-2025-DA-DIRIS-LS
RA 055-2025-DA-DIRIS-LS
3 de marzo de 2025
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el pago por Enriquecimiento Sin Causa a favor de los 12 proveedores, locadores de servicios, que prestaron servicios a la Red Integrada de Salud Lurin y Balnearios (02), La Red Integrada de Salud Villa El Salvador (03), la Red Integrada de Salud Villa Maria del Triunfo (04) y la Red Integrada de Salud Barranco Chorrillos y Surco (03) de la DIRIS Lima Sur, correspondiente al mes de diciembre del 2024, por el monto de S/ 43,030.00 (Cuarenta y tres mil treinta con 00/100 soles), de conformidad con los fundamentos expuestos en los considerandos del presente acto resolutivo.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER que se PROCEDA AL ABONO correspondiente en favor de los 12 proveedores, locadores de servicios, del la Red Integrada de Salud Lurin y Balnearios (02), La Red Integrada de Salud Villa El Salvador (03), la Red Integrada de Salud Villa Maria del Triunfo (04) y la Red Integrada de Salud Barranco Chorrillos y Surco (03) de la DIRIS Lima Sur, con los recursos asignados para el Ejercicio Presupuestal 2025, según Certificación de Crédito Presupuestario N°000003042-2025.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER que las Oficinas de Abastecimiento, Contabilidad y Tesorería realicen las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de lo resuelto en el Articulo Primero del presente acto resolutivo, en el marco de sus competencias.
ARTÍCULO CUARTO.- NOTIFICAR la presente Resolución Administrativa a las Oficinas correspondientes para su cumplimiento y a los interesados para los fines de Ley.
ARTÍCULO QUINTO.- ENCARGAR a la Oficina de Gestión de Tecnología de la Información, la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima/Sur.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER que se PROCEDA AL ABONO correspondiente en favor de los 12 proveedores, locadores de servicios, del la Red Integrada de Salud Lurin y Balnearios (02), La Red Integrada de Salud Villa El Salvador (03), la Red Integrada de Salud Villa Maria del Triunfo (04) y la Red Integrada de Salud Barranco Chorrillos y Surco (03) de la DIRIS Lima Sur, con los recursos asignados para el Ejercicio Presupuestal 2025, según Certificación de Crédito Presupuestario N°000003042-2025.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER que las Oficinas de Abastecimiento, Contabilidad y Tesorería realicen las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de lo resuelto en el Articulo Primero del presente acto resolutivo, en el marco de sus competencias.
ARTÍCULO CUARTO.- NOTIFICAR la presente Resolución Administrativa a las Oficinas correspondientes para su cumplimiento y a los interesados para los fines de Ley.
ARTÍCULO QUINTO.- ENCARGAR a la Oficina de Gestión de Tecnología de la Información, la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima/Sur.