Resolución Administrativa N.° 302-2024-DSAIA-DIRIS-LS
RA 302-2024-DSAIA-DIRIS-LS
15 de noviembre de 2024
ARTÍCULO PRIMERO. CONCEDER Autorización Sanitaria a la Clínica Veterinaria. Centro de Experimentación donde se realiza Investigación con Canes "CORPORACIÓN VETERINARIA G & S S.A.C.", con R.U.C. Nº 20603775016, ubicado en la Av. 26 de Noviembre N° 190, Mz. 3, Lote 10, PJ Nueva Esperanza, distrito de Villa Maria del Triunfo, provincia y departamento de Lima, registrado a nombre del representante legal y médico veterinario jefe Don Mario Jhonatan Garriazo Sánchez, identificado con D.N.I. № 46564900 y con C.M.V.P. N° 11011, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa del presente acto resolutivo.
ARTÍCULO SEGUNDO. DISPONER que el representante legal del establecimiento veterinario comunique trimestralmente, y de forma documentada a esta Dirección, las zoonosis de importancia en salud pública.
ARTÍCULO TERCERO.- La presente Resolución será revocada al identificarse las siguientes causas:
Por cambio de dirección, razón social o propietario.
Al identificarse algún riesgo contra los usuarios y/o cualquier modificación de las condiciones sanitarias o administrativas del establecimiento.
Por cambio de profesional médico veterinario jefe, sin previa comunicación a la Autoridad de Salud.
ARTÍCULO CUARTO PRECISAR, que la Dirección de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Sur, verificará permanentemente el cumplimiento de las disposiciones sanitarias y administrativas respectivas, caso contrario se dispondrán las acciones correspondientes en cumplimiento de la normativa vigente sobre la materia.
ARTÍCULO QUINTO. SE DISPONE notificar la presente Resolución, conforme a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
ARTÍCULO SEGUNDO. DISPONER que el representante legal del establecimiento veterinario comunique trimestralmente, y de forma documentada a esta Dirección, las zoonosis de importancia en salud pública.
ARTÍCULO TERCERO.- La presente Resolución será revocada al identificarse las siguientes causas:
Por cambio de dirección, razón social o propietario.
Al identificarse algún riesgo contra los usuarios y/o cualquier modificación de las condiciones sanitarias o administrativas del establecimiento.
Por cambio de profesional médico veterinario jefe, sin previa comunicación a la Autoridad de Salud.
ARTÍCULO CUARTO PRECISAR, que la Dirección de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Sur, verificará permanentemente el cumplimiento de las disposiciones sanitarias y administrativas respectivas, caso contrario se dispondrán las acciones correspondientes en cumplimiento de la normativa vigente sobre la materia.
ARTÍCULO QUINTO. SE DISPONE notificar la presente Resolución, conforme a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.