Resolución Directoral N.° 1344-2024-DIRIS-LS/DG
RD 1344-2024-DIRIS-LS/DG
27 de diciembre de 2024
Artículo 1º.- CONTRATAR a partir del 27 de diciembre del 2024 al 31 de diciembre de 2025, bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 276, en la modalidad de Contrato a Plazo Fijo, a jornada completa de trabajo, en la Unidad Ejecutora 145 1685 Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Sur, Pliego 11: Ministerio de Salud, al personal que se indica a continuación:
Artículo 2º.- AUTORIZAR a la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, incluir en la *Planilla Única de Pagos en la Unidad Ejecutora 145-1685 - Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Sur, al personal referido en el articulo precedente; asimismo, se encargue de suscribir los contratos de trabajo a plazo determinado, conforme la normativa vigente.
Artículo 3º.- DISPONER que el personal de la salud indicado en el artículo 1 de la presente Resolución, deberá percibir sus valorizaciones de acuerdo al cargo y categoría equivalente obtenido en el proceso de concurso de cobertura de plazas vacantes presupuestadas de personal de la salud.
Artículo 4º.- AUTORIZAR a la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, incluir en la Planilla Única de Pagos de la Unidad Ejecutora 145-1685 - Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Sur, al personal indicado en el artículo primero de la presente resolución.
Artículo 5º.- LA ENTIDAD para efectuar las posteriores renovaciones de contrato de personal mencionado en el Artículo 1 de la presente resolución, deberán de tener en cuenta lo estipulado en los Artículos 39º y 40º del Decreto Supremo N° 005-90-PCM; así como lo dispuesto en la Ley Nº 24041.
Artículo 6º.- LA ENTIDAD podrá prescindir del presente acto administrativo, por faltas de carácter disciplinario previstas en el artículo 85º de la Ley 30057 Ley del Servicio Civil y su reglamento.
Artículo 7º.- DISPONER que el personal de la salud incorporado conforme al Artículo 1 de la presente, debe hacer la toma de posesión de cargo, a más tardar a los cinco (05) días hábiles de notificada la presente resolución, caso contrario se procederá a dejar sin efecto el acto administrativo.
Artículo 8°.- NOTIFICAR copia de la presente Resolución a los/las interesados/as y a las instancias correspondientes.
Artículo 9°.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Sur del Ministerio de Salud.
Artículo 2º.- AUTORIZAR a la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, incluir en la *Planilla Única de Pagos en la Unidad Ejecutora 145-1685 - Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Sur, al personal referido en el articulo precedente; asimismo, se encargue de suscribir los contratos de trabajo a plazo determinado, conforme la normativa vigente.
Artículo 3º.- DISPONER que el personal de la salud indicado en el artículo 1 de la presente Resolución, deberá percibir sus valorizaciones de acuerdo al cargo y categoría equivalente obtenido en el proceso de concurso de cobertura de plazas vacantes presupuestadas de personal de la salud.
Artículo 4º.- AUTORIZAR a la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, incluir en la Planilla Única de Pagos de la Unidad Ejecutora 145-1685 - Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Sur, al personal indicado en el artículo primero de la presente resolución.
Artículo 5º.- LA ENTIDAD para efectuar las posteriores renovaciones de contrato de personal mencionado en el Artículo 1 de la presente resolución, deberán de tener en cuenta lo estipulado en los Artículos 39º y 40º del Decreto Supremo N° 005-90-PCM; así como lo dispuesto en la Ley Nº 24041.
Artículo 6º.- LA ENTIDAD podrá prescindir del presente acto administrativo, por faltas de carácter disciplinario previstas en el artículo 85º de la Ley 30057 Ley del Servicio Civil y su reglamento.
Artículo 7º.- DISPONER que el personal de la salud incorporado conforme al Artículo 1 de la presente, debe hacer la toma de posesión de cargo, a más tardar a los cinco (05) días hábiles de notificada la presente resolución, caso contrario se procederá a dejar sin efecto el acto administrativo.
Artículo 8°.- NOTIFICAR copia de la presente Resolución a los/las interesados/as y a las instancias correspondientes.
Artículo 9°.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Sur del Ministerio de Salud.