Resolución Administrativa N.° 212-2024-DMID-DIRIS-LS/MINSA
RA 212-2024-DMID-DIRIS-LS/MINSA
15 de febrero de 2024
Art. 1°.- Imponer la sanción de MULTA equivalente a UNA (1) Unidad Impositiva Tributaria, vigente a la fecha que se expide la presente resolución, al establecimiento farmacéutico BOTICA BOTICAS PERU debidamente representado por SALCEDO ARESTEGUI NELLY GLADYS, con razón social CORPORACION BOTICAS PERU S.A.C., con número de RUC 20515346113, ubicada en Av. Los Próceres N° 139, Interior B-C, Urb. Los Próceres, en el distrito de Santiago de Surco, província y departamento de Lima; por incurrir en la infracción Nº 1 de la Escala de Infracciones y Sanciones del Anexo del Decreto Supremo N° 026-2019-SA, referida por no mantener disponible para la dispensación en el establecimiento farmacéutico o no demostrar la venta de los medicamentos esenciales genéricos en DCI del Listado aprobado por el Ministerio de Salud.
Art. 2°.- El pago de la multa correspondiente se efectuará en el Banco de la Nación, en la Cuenta Corriente N° 00-068371740 dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de notificada la presente Resolución. En caso de incumplimiento del pago de la multa dentro del plazo establecido se aplicará la Tasa de Interés Legal (TIL), sin perjuicio de iniciarse la acción de cobranza coactiva correspondiente.
Art. 3°.- De conformidad con la disposición 7.1.6.1. de la Directiva Administrativa N° 255- MINSA/2018/OGA, se podrá pagar el 50% de la Multa dentro de los 15 días hábiles siguientes de notificada la resolución.
Art. 4°.- Notifiquese al interesado tanto en su dirección del establecimiento farmacéutico como en su dirección fiscal ubicado en Jr. Baltazar Grados Nro. 794 (Alt. Cuadra 11-12 Av. Bilinghurst Zona D), distrito de San Juan de Miraflores, para lo cual REMITASE a la Dirección Administrativa de la DIRIS Lima Sur, para los fines consiguientes.
Art. 2°.- El pago de la multa correspondiente se efectuará en el Banco de la Nación, en la Cuenta Corriente N° 00-068371740 dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de notificada la presente Resolución. En caso de incumplimiento del pago de la multa dentro del plazo establecido se aplicará la Tasa de Interés Legal (TIL), sin perjuicio de iniciarse la acción de cobranza coactiva correspondiente.
Art. 3°.- De conformidad con la disposición 7.1.6.1. de la Directiva Administrativa N° 255- MINSA/2018/OGA, se podrá pagar el 50% de la Multa dentro de los 15 días hábiles siguientes de notificada la resolución.
Art. 4°.- Notifiquese al interesado tanto en su dirección del establecimiento farmacéutico como en su dirección fiscal ubicado en Jr. Baltazar Grados Nro. 794 (Alt. Cuadra 11-12 Av. Bilinghurst Zona D), distrito de San Juan de Miraflores, para lo cual REMITASE a la Dirección Administrativa de la DIRIS Lima Sur, para los fines consiguientes.