Resolución Administrativa N.° 202-2024-DMID-DIRIS-LS/MINSA
RA 202-2024-DMID-DIRIS-LS/MINSA
13 de febrero de 2024
Art. 1º.- Ratificar la medida de seguridad sanitaria de CIERRE TEMPORAL, al establecimiento farmacéutico BOTICA VIDFAR, con razón social VIDFAR S.A.C., debidamente representado por MEJIA TAPIA EDUARD, con número de RUC 20601373514, ubicado en Av. Revolución, Sector 1, Grupo 14, Esq. con Av. Los Angeles Mz. F, Lote 17, Int. 1, en el distrito de Villa El Salvador; por las consideraciones antes expuestas.
Art.2°. Para la aplicación de la medida de seguridad sanitaria, los inspectores colocaron los rótulos de CIERRE TEMPORAL, los cuales deberán permanecer en el lugar que fueron colocados y únicamente podrán ser retirados hasta que la autoridad disponga el levantamiento de esta medida; por lo que, en caso de violarse estos rótulos, el administrado será pasible de ser denunciado por delito de desobediencia a la autoridad, sin perjuicio de aplicarse la sanción administrativa que corresponda.
Art. 3º.- La Dirección de Medicamentos, Insumos y Drogas a través de la Oficina de Fiscalización, Control y Vigilancia Sanitaria de la DIRIS Lima Sur, constatará la subsanación de las observaciones sanitarias existentes en el Acta de verificación N° A.V. 073-2024, mediante una nueva inspección, a fin de verificar el cumplimiento de la normatividad legal vigente.
Art.4°.-Notifiquese la presente Resolución Administrativa al interesado y a la Oficina de Fiscalización, Control y Vigilancia Sanitaria de la DIRIS Lima Sur, para su conocimiento y fines consiguientes.
Art.2°. Para la aplicación de la medida de seguridad sanitaria, los inspectores colocaron los rótulos de CIERRE TEMPORAL, los cuales deberán permanecer en el lugar que fueron colocados y únicamente podrán ser retirados hasta que la autoridad disponga el levantamiento de esta medida; por lo que, en caso de violarse estos rótulos, el administrado será pasible de ser denunciado por delito de desobediencia a la autoridad, sin perjuicio de aplicarse la sanción administrativa que corresponda.
Art. 3º.- La Dirección de Medicamentos, Insumos y Drogas a través de la Oficina de Fiscalización, Control y Vigilancia Sanitaria de la DIRIS Lima Sur, constatará la subsanación de las observaciones sanitarias existentes en el Acta de verificación N° A.V. 073-2024, mediante una nueva inspección, a fin de verificar el cumplimiento de la normatividad legal vigente.
Art.4°.-Notifiquese la presente Resolución Administrativa al interesado y a la Oficina de Fiscalización, Control y Vigilancia Sanitaria de la DIRIS Lima Sur, para su conocimiento y fines consiguientes.