Resolución Administrativa N.° 173-2024-DMID-DIRIS-LS/MINSA
RA 173-2024-DMID-DIRIS-LS/MINSA
7 de febrero de 2024
Art. 1°.- Imponer la sanción de MULTA equivalente a CERO PUNTO SETENTA Y CINCO (0.75) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), vigente a la fecha que se expide la presente resolución, al establecimiento farmacéutico BOTICA BOTICAS JHODAAL, con razón social ROSAQUI SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - ROSAQUI S.A.C., debidamente representado por YRRIBARREN CHAMORRO JOSE LUIS, con número de RUC 20537886375, ubicado en A.H. Javier Heraud Mz. A, Lt. 1, Int. A,B,C, Ref. Av. Miguel Iglesias S/N cruce Calle Miguel Grau S/N, en el distrito de San Juan de Miraflores; por incurrir en la infracción N° 2 del Anexo 01 de la Escala por Infracciones y Sanciones a los Establecimientos Farmacéuticos y No Farmacéuticos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 014-2011-SA; referida por funcionar sin la presencia del Director Técnico autorizado o del profesional Químico Farmacéutico asistente.
Art. 2°.- El pago de la multa correspondiente se efectuará en el Banco de la Nación, en la Cuenta Corriente N° 00-068371740 dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de notificada la presente Resolución. En caso de incumplimiento del pago de la multa dentro del plazo establecido se aplicará la Tasa de Interés Legal (TIL), sin perjuicio de iniciarse la acción de cobranza coactiva correspondiente.
Art. 3°.- De conformidad con la disposición 7.1.6.1. de la Directiva Administrativa N° 255- MINSA/2018/OGA, se podrá pagar el 50% de la Multa dentro de los 15 días hábiles siguientes de notificada la resolución.
Art. 4°.- Notifíquese al interesado para lo cual REMITASE a la Dirección Administrativa de la DIRIS Lima Sur, para los fines consiguientes.
Art. 2°.- El pago de la multa correspondiente se efectuará en el Banco de la Nación, en la Cuenta Corriente N° 00-068371740 dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de notificada la presente Resolución. En caso de incumplimiento del pago de la multa dentro del plazo establecido se aplicará la Tasa de Interés Legal (TIL), sin perjuicio de iniciarse la acción de cobranza coactiva correspondiente.
Art. 3°.- De conformidad con la disposición 7.1.6.1. de la Directiva Administrativa N° 255- MINSA/2018/OGA, se podrá pagar el 50% de la Multa dentro de los 15 días hábiles siguientes de notificada la resolución.
Art. 4°.- Notifíquese al interesado para lo cual REMITASE a la Dirección Administrativa de la DIRIS Lima Sur, para los fines consiguientes.